si, pero si luego por lo que sea no trabajas hasta el 31 de diciembre le deberías a la empresa los días que has disfrutado de más y seguro que te los descontaría de tu liquidación.
¿Tendría derecho a 16 días aún sin haber trabajado hasta el 31 de diciembre? Es que en el centro donde trabajo, al ser de formación, debemos tomarnos las vacaciones en los meses de junio a septiembre.
Lo que no comprendo es si habiendo trabajado, digamos, hasta julio, podría disfrutar de mis 16 días de vacaciones correspindientes a la parte proporcional de este año.
Si no te lo mejoran, acumulas 2.5 dias de vacaciones por cada mes trabajado.
Por lo tanto, no suelen ponerte problemas, digamos que de ahora al 31 de dic tendrias unos 16 dias mas o menos por lo que puedes ir pidiendolos para intentar disfrutarlos como todo el mundo.
Hola, soy personal laboral fijo de una Diputación provincial desde hace unos días. Sólo llevo trabajando unos días, así que mi pregunta es: ¿tengo derecho a la parte proporcional de vacaciones para este año?