Cuando pides el paro se te reconoce un derecho. A partir de ese derecho reconocido las cotizaciones posteriores no se acumulan sino que te servirán para posibles nuevos derechos. Si te quedan días de la anterior prestación lo único que puedes hacer es reanudar lo que te queda pendiente hasta agotarlo. Después tienes que ver si tienes opción a pedir el subsidio por agotamiento de la prestación o volver a trabajar y contabilizar las cotizaciones desde que pediste la anterior prestación.
Estuve trabajando desde enero del año pasado hasta febrero de este año, es decir cotizé en total 524 días, solicité la prestación del desempleo y me concedieron 120 días (por no llegar a los 539 días, 18 meses). A los pocos días de finalizar el paro, empezé a trabajar con un contrato temporal de sustitución de maternidad. Terminaré mi contrato justamente a las 16 semanas.
Mi pregunta es cuando termine mi contrato: ¿tengo derecho a paro?, ¿puedo recurrir a los dias pendientes que me quedaron anteriormente?
¿puedo sumarselos a las 16 semanas últimas cotizadas?
Gracias...