Hola alguien me podria decir.....
Hace tres años mi ultimo trabajo fue por baja voluntaria despues de aquello segui estudiando actualmente despues de 3 años comienzo a trabajar pero caigo enfermo, la empresa me da un papel y en el firmo y dice lo siguiente la empresa me da de baja por no haber superado el periodo de prueba de contrato de interinidad de sustitucion de un trabajdor... tengo almacenado en el inem para cobrar 12 meses que aun no e cojido
mi pregunta es :
¿tengo derecho a paro o tan solo a la ayuda?
he oido decir que con la carta no haber superado el periodo de prueba tengo derecho al prestacion economica pero no estoy seguro si esa persona me dijo la verdad !!! alguien que me diga
No estoy seguro al 100% pero desde mi punto de vista debería realizarse un análisis concreto de este caso para determinar si hay indicios de que si se tiene derecho. Si trabaja en una nueva empresa, y le cesan por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario y no han transcurrido más de tres meses entre el cese voluntario en la empresa anterior y el cese por no superar el período de prueba, creo que tampoco se tiene derecho.
Hola perdona me confundi yo tube una baja voluntaria pero no fue antes de este trabajo bueno me explico..
empresa x baja voluntaria 2007
empresa z por no superar periodo de prueba 2008
luego estudie estudie
empresa a actual no superar periodo de prueba bueno hasta hoy ...
No estoy seguro pero creo que tengo derecho a paro no¿?son 3 años por medio
Ademas con un periodo de prueba no superado tendria derecho a finiquito ¿?
Bueno en fin haber si me decis lo de la prestacion de paro y lo del finiquito es que soy nuevo en esto y no me entero mucho ya que mañana me pagan los dias que trabaje por dudas comenten ...gracias
El periodo de referencia a considerar es el tiempo cotizado en los últimos 6 años, exigiéndose un mínimo de 12 meses cotizandos durante esos 6 años.
Y luego estar en situación legal de desempleo.
Si causas baja por no superación del periodo de prueba a instancia de la empresa estás en situación legal de desempleo
La única excepción (dado que estamos ante una no superación del periodo de prueba) es si no han pasado 3 meses de una baja anterior que no supusera estar en situación legal de desempleo (por ej, una baja voluntaria), y que no es el caso.
Por tanto, y salvo que se me escape algo, tienes derecho a la prestación de desempleo si has cotizado al menos esos 12 meses exigidos dentro de los últimos 6 años.
Gracias menos mal no supere el periodo de prueba pero al menos puedo cobrar el paro...la primera vez que cobrare el paro soy joven aun jeje, y eso que pensaba que no lo iva a cobrar bueno a seguir buscando curro con la ayudita del dinero
hola, como finiquito tienen que pagarte, el mes trabajado, proporcional de vacaciones, si no las has disfrutado y proporcional de pagas extras si no vienen prorrateadas por mes.
Hola rocalimon, el dia 26 me dieron de alta en la empresa, y hoy me dieron de baja por no superar periodo de prueba, de todas maneras hoy firme el contrato con fecha del 26 solo estube trabajando 8 dias... e mirado en otras paginas y me han dicho que
por no superar el periodo de prueba no tengo derecho a finiquito de todas maneras el contrato era de 2 meses de interinidad bueno sustitucion
"por no superar el periodo de prueba no tengo derecho a finiquito "
¿Quién te ha dicho tal majadería?
Igual por "finiquito" entienden "indemnización".
Pero vaya, "finiquito" te correponde, en el sentido de que te deben abonar los conceptos que bien ha indicado rocalimon (salario del mes, parte proporcional de pagas extras devengadas, vacaciones devengadas y no disfrutadas...)
hola, una cosa es que no tengas derecho a indemnización, que en tu caso, no lo tienes, y otra cosa es el finiquito.
Te tienen que pagar los días o el mes último que hayas trabajado y no cobrado, te tienen que pagar el proporcional de vacaciones que no disfrutases,(2 días y medio por mes trabajado), pues el proporcional a esos 8 días, y te tienen que abonar el proporcional de pagas extras si no las tenías prorrateadas por mes.