Cuando se renueva cto no hay indemnizacion, liquidación de ese trimestre podría haberla o no supere y cuando si no la hay, al renovar cto, luego en el futuro, si no la renuevan o la despiden se calcula está desde la fecha del primer cto.
Buenas tardes.Queria saber si después de un contrato de tres meses eventual te hacen una prórroga de 9 meses...tengo derecho a finiquito o liquidación?Gracias