hola de nuevo he leido por aqui que os gustaria saber el final de cada caso que se plantea en el foro y asi lo hare.
hoy he ido al ayunta para ver el peri aprobado inicialmente y en uno de sus articulos dice que las viviendas deben estar a mas 3 metros de los linderos de la parcela y al exponerle mi caso al tecnico me comenta que mi casa quedaria fuera de ordenacion y que si me la admitirian pero que si algun dia quisiera hacer algun tipo de modificacion o reforma tendria que retirarme los 3 metros.
tambien le pregunte que como veia el tema y me dijo que era algo extraño el caso y que espusiera en las alegaciones todo pero que era algo dificil porque el ayunta no suele meterse en esos temas que eso es cosa de la comunidad que ellos solo exigen los 12 metros y tambien me dice que seguro que mi vecino tiene un peso gordo en la comunidad y que comente el tema con un jurista por si pudiera tomar acciones legales contra la comunidad pero que de todas formas lo exponga en las alegaciones por si acaso,un saludo
Lo dicho, ponte en contacto con cuantos estéis disconformes y contratad a un abogado.
Habría que ver lo que dice la ley urbanística andaluza, sobre el porcentaje de terreno necesario para tramitar el planeamiento por iniciativa privada, pero creo que deberá ser superior al 50%.
Por debajo de dicho porcentaje la tramitación deberá ser municipal.
hola alga ante todo agradecerte tu respuesta y decirte que no entiendo absolutamente nada de estos temas pero te voy a dar algun dato mas por si pudieras orientarme en algo del tema, decirte que la CCAA es andalucia y somos 750 propietarios en los que todo el mundo tiene parcelas de 700 a 1000 metros y el presi tiene casi 2 hectareas y el monta una oficina en la cual hay carteles que dicen que esta en colaboracion con el ayunta y el con varios vecinos mas contratan a un arquitecto para que haga los planos y presentarlos al ayunta y este le dice los parametros porque la urbanizacion carece de asfalto,alcantarillado,agua potable,etc.. .pero lo que me resulta extraño es que en otros puntos de la calle por ejemplo hay una vivienda a cuatro metros de la linde y el otro vecino de enfrente no tiene nada construido y hay en vez de meter la calle donde no hay nada la mete a 6metros por cada lado y supuestamente en el plano la casa seria derribada y sin embargo en mi caso hace otra cosa difirente y al preguntarle yo porque en un stio si lo hace y en otro no, me responde que solo le permiten doblar la calle un 4% en fin que me enroyo y te va adar miedo leer todo este tocho a por cierto una vez aprobado el PERI definitivamente tenemos que escriturar cada parcela y despues formar la junta de compensacion.muchas gracias
Tomás, como cuestión previa tengo que decirte que el presidente de una comunidad no colabora con el ayuntamiento para la redacción y aprobación de un Plan especial de Reforma Interior de suelo urbano no consolidado.
Cuando el sistema elegido es el de compensación el o los propietarios mayoritarios son los que tienen la iniciativa de desarrollar el PERI conforme a las determinaciones del PGOU.
Cuando el sistema es el de cooperación la iniciativa es del ayuntamiento.
Lo dicho es un procedimiento generalista que según la CCA de que se trate podría tener alguna diferencia de matiz.
Para una contestación adecuada a la realidad habría que saber la CCAA, si estamos ante una actuación de dotación o una unidad de ejecución y el sistema elegido para su gestionarla.
Como comprenderás sin la posibilidad de acceder a la instrucción de la totalidad del procedimiento, desde su inicio, poco o nada se puede decir.
La habitual en estos casos es que un abogado urbanista estudie el caso y te indique la forma de proceder o, lo mas recomendable, formule las alegaciones en tu representación.
por favor que me conteste alguien solo que me de una posible idea de que podria alegar o si veis que esto es normal en los procesos de reforma interior o si habeis visto algun proceso de urbanizar que se den circustancias parecidas,porque lo que yo quiero es que la calle valla a 6 metros por cada lado como se dijo en las primeras reuniones de la comunidad y no que ahora quieren compensarme y ya esta, muchas gracias se que es un tema dificil pero decirme algo por favor.
hola tengo una parcela de 800m en una urbanizacion en la cual el ayuntamiento a aprobado inicialmente el peri y el presidente de la comunidad en colaboracion con el ayunt ha hecho lo planos en el cual el ayunta exige nuevos viales ademas de los ya existentes, estos nuevos tienen que ser de 12 metros de ancho y todo el mundo tine que retranquear 6 metros a lo largo de su parcela pero como el listo de mi vecino hizo su vivienda a 2 metros de la linde el otro listo del presi de la comunidad a entregado el peri con la calle metida 10metros por mi parcela y 2 por la del vecino para no tirar ninguna vivienda y entonces mi casa queda con las ventanas que dan al exterior de mi parcela osea a la dichosa calle, y eso que yo deje 10 metros con la linde con el vecino y todo porque el ayuntamiento dice que evite tirar las casas que se puedan salvar total que el ayunt ya lo ha aprobado y tengo 1 mes para alegaciones y hoy mismo me he buscado un abogado y me pide la copia del peri pero queria tambien vuestra opinion aunque sin ver el peri se que es dificil pero orientarme algo porfavor muchas gracias