Buenos días, y ante todo gracias por anticipado por vuestra ayuda y consejo.
Os resumo la problemática. En una AAPP se han realizado los siguientes procesos selectivos:
30 plazas C2 auxiliar administrativo. Todas estas plazas según la Relación de Puestos de Trabajo son iguales con el siguiente detalle:
Cuerpo o escala: EX11
Área funcional : ADM
Grupo: C2-C1 (es decir, están abiertas a ambos subgrupos pero es la misma plaza)
Intervalo de niveles: 16-20
11 plazas C1 administrativo compuestas de 2 tipos diferentes de plazas:
Por un lado 5 plazas:
Cuerpo o escala: EX11
Área funcional : ADM
Grupo: C1-A2 (es decir, están abiertas a ambos subgrupos pero es la misma plaza)
Intervalo de niveles: 18-22
Por otro lado 6 plazas: (Estas 6 plazas son exactamentes iguales que las 30 que han salido a C2 de la escala auxiliar admintrativa. Han salido a C1 como podrían haber salido a C2 ya que están abiertas a ambos subgrupos)
Cuerpo o escala: EX11
Área funcional : ADM
Grupo C2-C1 (es decir, están abiertas a ambos subgrupos pero es la misma plaza)
Intervalo de niveles: 16-20
El problema es el siguiente: En las oposiciones todos los que han cogido plaza en el cupo de las 11 plazas de C1 han cogido también plaza en el cupo de C2, por lo que en la práctica de las 30 plazas que salieron a C2 solo se van a ocupar 19 porque las otras 11 las han conseguido los mismos que han obtenido las de C1. Se ha dado la opción de que la gente renuncie voluntariamente a las plazas de C2 pero nadie lo ha hecho.
El artículo 52 de la Ley 4/2011 dice que se podrá nombrar funcionario de carrera al siguiente de la lista de aprobados en dos supuestos: En caso de renuncia y en caso de no cumplir los requisitos que fija la convocatoria.
La convocatoria tiene, entre otros, el siguiente requisito: no pertenecer al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
Entiendo por todo lo expuesto anteriormente que, de las 11 plazas que salen a C1, el grupo compuesto por 6 plazas del subgrupo C2-C1 son exactamente iguales que las 30 que han salido a C2, ya que son idénticas, con las mismas funciones y exactamente iguales en la Relación de Puestos de Trabajo.
Por lo tanto, entiendo que según la convocatoria, en el momento en el que esas 6 personas que han obtenido dos plazas firmen la toma de posesión de la primera, dejan de cumplir el requisito que exije la convocatoria para tomar posesión de la segunda plaza. De todo esto interpreto que según el artículo 52 de la ley 4/2011 esas 6 plazas deberían pasar a las siguientes personas que han aprobado en el proceso selectivo.
Además, se les pretende conceder en la plaza que no van a ocupar una excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, cuando el artículo 121 de la ley 4/2011 especifica que "Puede declararse en situación de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público al personal funcionario de carrera que se encuentre en situación servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier Administración pública", pero ambas plazas son del mismo cuerpo y escala, de lo que deduzco que esto tampoco es correcto.
Me gustaría saber la opinión de algún experto en el tema y de veras muchas gracias por adelantado.