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Tendido de ropa

1 Comentarios
 
25/06/2006 18:48
Uno de los espiritus de la ley de P.H. es el de no molestar a los vecinos, ni de ruidos, ni de impedir su luz, ni que le caigan objetos, etc....

Seguramente su edificio tiene designado un lugar para tender la ropa, pero su vecino ha obtado por una terraza que es más soleada y que además se le seca la ropa antes, pero no ha mirado el perjuicio que le está causando a usted. Ante esto cabe hacer una queja al presidente para que éste, advierta al vecino que le está molestando que eso que hace (tender la ropa en ese lugar) no lo puede hacer, también es posible que la normativa urbanistica de su ayuntamiento no lo permita.
Ante esto sólo cabe la queja, bien usted directamente al su vecino o bien --como ya le he dicho antes-- al presidente. Usted debe de velar por sus derechos evidentemente.
Tendido de ropa
25/06/2006 17:26
Felicidades por el foro amigos, os expongo un problema que tengo con los vecinos del piso de arriba. Desde hace un par de meses han cambiado de inquilinos y a la hora de tender la ropa, lo hacen por fuera del balcon, tapando parcialmente el hueco del mio y quitandome mucha luz. La verdad es que yo de estos temas no entiendo nada, y quisiera que me informarais si lo que hacen es correcto o realmente no tienen ningun derecho a taparme la luz que me llega y a ponerme parte de su ropa tendida al alcance de mi mano.
Gracias a todos y un saludo amigos.