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tendales

2 Comentarios
 
perfil pp
12/05/2009 23:23
Discrepo de sus argumentos SR Vio, en la normativa municipal de convivencia ciudadana se prohibe el tender hacia la via pública, por eso no entiendo en que se basa usted para dar rienda suelta a sus suposiciones.

Segundo: la ley de propiedad horizontal habla sobre la estética y la fachada del edificio es elemento común, y como dice la ley de propiedad horizontal, la modificacion de elemento comun tiene que ser aprobada por la Junta de Propietarios.
perfil Vio
12/05/2009 05:30
La ley nada dice sobre tendederos y si VD. no tiene sitio su posición es correcta, al retirar el tendedero móvil una vez seca la ropa. Que se sepa nada hay sobre acciones legales, pero vote en contra a un acuerdo ( que haría referencia a una posibilidad, no a un hecho cierto). Salvo mejor critero
Tendales
11/05/2009 22:14
vivo en un piso de nueva construccion,no tiene ninguna zona para tender la ropa,hay que poner el tendedero dentro de casa,y yo no tengo sitio.en la reunion de la comunidad, algun vecino se opuso a que se pusieran tendales en la ventana, porque modifica la fachada, yo y algun vecino mas decidimos poner un tendal movil, tiendo la ropa y cuando se seca quito el tendal,la fachada no se modifica de ninguna manera.Ahora hay otra reunion en la que dicen que se va a hablar de emprender acciones legales contra los vecinos de los tendederos. me gustaria saber que dice la ley sobre esto.