os comento una sentencia de ayer.
situación base: marido percibe 850 Euros de paro; mujer 1500 Euros por trabajo; un año de matrimonio sin hijos: PENSION COMPENSATORIA: 600 Euros que el marido debe pagar a la mujer durante tres años.
Ya se que un sector del foro se va a rasgar las vestiduras, pero os aseguro que es una decisión totalmente justa y acertada para corregir la enorme situación de abuso económico del marido durante ese año de matrimonio.
Con esto quiero poner de manifiesto que cuando se sacan los datos de contexto las conclusiones pueden ser erróneas (y salvo por azar lo suelen ser) y que en las relaciones familiares todo es posible.
un abrazo
No entiendo nada, si ella trabaja no necesita una pension ¿entonces como dejan tan poco a la mujer que no ha trabajado nunca y se ha dedicado a la familia muchos años?
Os comento uno; mujer 53 años 28 de casada , sin trabajo, una hija ,marido de nomina 450 mil pts mes ,le dejan 50 mil a ella y 50 a la hija,el juez le ha dicho que se busque trabajo NO SE ENTIENDE
¿ y no debería de ser al reves?.. no es ella la parte que goza de mejores condiciones económicas y laborales?, ¿ no es su marido el que está en paro y con menores ingresos?...
¿ las pensionas compensatorias son sexistas o no? ¿ existen casos en que la mujer pague dichas pensiones al ex-marido?.... espero que como los roles están cambiando, las leyes también y que a partir de ahora paguen ellas también, cuando su trabajo y su situación económica sea mejor que la de su pareja masculina...
El día en que ellas sean las que tengan mejor situación económica y tengan que pagar como lo hacen ellos hoy, seguro que cambian las leyes a su favor.. tiempo al tiempo
¿Que quiere decir el abuso economico en el año de matrimonio?, te refieres a que ella le dono alguna propiedad o que el le sacaba el dinero a ella con engaños? podrias concretar el origen del abuso economico que comentas?
Querido José Luis me gustaría enormemente que explicaras las razones que tuvo el juez para conceder dicha pensión compensatoria, y que tú consideras justa y acertada para corregir una situación de "abuso económico" durante el año que duró el matrimonio.
Me interesa el asunto dado que con los datos que ofreces no me encaja el establecimiento judicial de una pensión compensatoria en los términos que expones.
dentro de las muchas formas de dominio que intentamos unos seres humanos contra otros, está la económica.
Explico: durante la convivencia previa al matrimonio y después de éste, en que ambos trabajaban (buena, ella tuvo que dejar una proyección profesional para limpiar habitaciones de hotel y "traer" dinero a casa), él administraba todo el dinero y le daba 5 e. para hacer la compra pidiéndole cuentas de las vueltas; al irse de casa él se llevó todos los muebles y ella tuvo que dormir en el suelo; ella se quedó con dos créditos que hacer frente; él se quedó con una casa que compró el mismo día que hicieron capitulaciones matrimoniales... lo difícil fue probar todo eso, pero una vez acreditado (espero que lo creáis) veis que en definitiva venía a corregir un desequilibrio, función de la pensión compensatoria.
os aseguro que de las mujeres que he visto desoladas por una experiencia matrimonial negativa, ésta, que nunca sufrió daños físicos, estaba totalmente destrozada por la humillación a la que se vio sometida.
puede que en estrictos términos jurídicos esta pensión compensatoria exceda de las previsiones legales (ya veremos que dice la Audiencia, si es que apelan, lo que todavía no han hecho), pero os aseguro que el efecto reparador en la propia estima de la mujer ha merecidola pena.
a veces decisiones valientes no son bien entendidas, pero merecen la pena por las conciencias que mueven.
un saludo,