Quiero plantear un tema: la concurrencia de embargos de salario de un trabajador.
Existen abogados que afirman con total seguridad y rotundidad que son compatibles diversos embargos aunque superen los limites establecidos en el articulo 607 de la LEC
Por otra parte otros abogados afirman con igual seguridad y rotundidad que, lelgado al limite señalado, un segundo y ulteriores embargos deberían esperar a que el primero haya finalizado.