Asunto laboral, se impone una sación por resuloción de fecha AA-AA-AAAA, se recurre y se desestima el recurso por resolución de fecha BB-BB-BBBB. Finalmente, reclamación rpevia a la vía laboral, confirma las anteriores por resolución de fecha CC-CC-CCCC.
Por suerte, el Juzgado de lo Social nos da la razón declarando improcedente la sanción impuesta y anulando la resolución de AA-AA-AAAA.
Ahora el contrario recurre al TSJ y en todo momento habla de la res. de CC-CC-CCCC, solicitando finalmente que se declare ajustada a derecho dicha resolución.
Él es laboralista y yo no soy ná, pero a mí me parece que lo correcto es solicitar que se declare la legalidad de la primera resolución, que es la que ha sido anulada. Al final, da lo mismo, pero me gustaría saberlo por si la próxima vez yo estoy al otro lado y me toca recurrir.
Patricia, soy licenciada en Derecho, colegiada como ejerciente en el ICA que tantas perras nos cuesta, pero de laboral, lo que estudié con J.G ª. Murcia y poco más (no sé si somos del mismo plan, pero en el mío procesal laboral era optativa, tipo test con libro de Gómez de Liaño, con eso lo digo todo).
El contrario es un compañero que se dedica sólo a Laboral, así que supongo que sus escritos serán correctos. Simplemente me llamaba la atención que no mencionara la primera Resolución.