Banco Santander Central Hispano regala un movil de Amena (noviembre 2005) al ingresar 1000 euros (más o menos).
El cliente llega a casa con su movil y la familia le dice que ya tienen todos móvil y que no quieren más, así que lo devuelve, pero , sorpresa, sorpresa, empiezan a llegarle facturas por importe de 6,9 euros (6 de consumo mínimo más 16% de IVA).
En el banco le dicen que le van a tramitar la baja pero los recibos siguen llegando. Deja de pagar y llegan las primeras cartas amenazantes.
Como no tenía nada mejor que hacer y el banco me quedaba cerca, le dije al señor que yo ínvestigaría. En el Banco me dicen que no encuentran el contrato (quería saber la fecha del alta porque de aquella no había entrado en vigor la ley de mejora de la protección de los consumidores y temía sanción de 150 euros por baja anticipada). En fin, que al parecer el señor no firmó ningún contrato y por eso no aparece.
Mando un fax a Orange en su nombre y le responden que no le mandan copia del contrato, que tiene que tenerla él.
Dos días después le llega una nueva carta amenazante reclamando 9 euros y pico que no sé de dónde salen. Les respondo que no consta ni deuda ni contrato con Orange, que me manden por favor contrato y documentos que justifiquen la deuda.
En cuanto tenga tiempo me pasaré por la OMIC para presentar la reclamación (aquí sólo abre dos horas al día).
Dudas.
1.- Con independencia de la solicitud que voy a hacer a través de Consumo, ¿no estaría obligado Orange a darme copia del contrato? (a mí no, al cliente, claro)
2.- El contrato (inexistente), supuestamente se celebró en una oficina del Banco Santander. ¿Podría entenderse aplicable la ley 26/1991 que regula los contratos celebrados fuera de establecimientos mercantiles?. Me interesa por el plazo de revocación, aunque no tengo ningún justificante.