hola: he escuchado por ahí pero de una forma incierta y confusa, que la seguridad social,te añade algun que otro año a tu cotizacion por haber criado a tus hijos sin ir a trabajar.alguien sabe si hay algo de cierto en esto y cuales son las condiciones?
no me hagan mucho caso pero yo he escuchado tambien que en el caso de que te falten unos meses para cumplir los años obligatorios te añaden unos meses por cada hijo que tengas
"ana23", una cosa es tenerlos, y otra muy distinta criarlos...
A lo que tú te refieres, y seguramente "sisteller" también, es a lo dispuesto en la DA 44º LGSS, según el cual, se computan 112 días por cada parto, y 14 días más por parto múltiple, a partir del segundo hijo, siempre que no se haya cotizado por las 16 semanas o la duración que corresponda por maternidad.
Cuando yo tuve a mis hijos,tengo tres y los tuve bastante seguidos,trabajaba en casa, cosiendo o trabajaba en la huerta pero de ninguna manera cotizaba. Fue cuando los tuve criados cuando empecé a trabajar en serio y comenzó mi "vida laboral".Tendría pues derecho a aquellos 112 dias por parto? y segun he entendido seria por el segundo y tercer hijo verdad? GRACIAS.
No...
112 días por cada hijo, si los partos fueron individuales. Si tuviste 3 partos, serían 336 días.
Si tuviste un parto múltiple (trillizos por ejemplo), sería 112 días por el primero, 126 por el segundo, y 126 por el tercero.
Si tuviste un parto individual y un parto múltiple (gemelos por ejemplo), sería 112 días por el primero, 112 días por el primero del parto múltiple, y 126 por el segundo del parto múltiple.