Ostras, zitro, pues naturalmente tienes razon, pero juraria que habia leído alguna ley en la que se decia que había la posibilidad de colgar los tc2 en el tablon de anuncios para que pudieran ser observados por los trabajadores. Pero bueno, por los mensajes que he leido en este foro, parece ser que eres una eminencia en temas laborales y no voy a entrar a discutir nada, pero juraria haber leido algo sobre eso.
Saludos y gracias por la contestacion tan rapida y amable.
Hola José Antonio: Es muy normal y humano que sientas esos deseos. Pero, como comprenderás esos documentos (si no es obligados) no deben circular para el conocimiento general, ya que de ellos,puede determinarse informaciones internas (que crean malestar entre trabajadores) y externas (que propician el conocimiento a la competencia sobre costes laborales y cargas sociales), que en nada benefician a la empresa, y por ende a los propios trabajadores.
Pues gracias, zitro. Lo de la atribución pues lo decia para comprobar las cotizaciones y demas, y tambien para saber lo que cotizan los demas y cosas por el estilo. Mas que nada porque creo que hay gente que gana mas en la empresa y se lo tienen muy callado.
En un principio, no existe ninguna obligación de poner en los tablones de anuncios los TC2 (relación nominal de trabajadores) mensuales de la empresa para conocimiento general y en todo caso, dependerá de lo que prevea para el asunto el Convenio Colectivo de aplicación. Es más, incluso al Comité de Empresa (si no es que se obligue, por norma sectorial), no se le entregan para que haga publicidad con ellos: se les informa, previa petición al efecto, y se les exige bajo su responsabilidad, sigilo profesional.
Por otro lado José Antonio, no dices en calidad de qué atribución puedes cumplir o no con tu deseo.
Tengo una duda:
¿ la empresa esta obligada a poner los tc-2 en un lugar visible para que lo vean los trabajadores, o simplemente con darselos al comite de empresa ya tienen bastante?
¿y si yo quiero que se expongan en un tablon?