Hola, he sido condenada en el pago de todas las costas procesales por sentencia firme, después de recurrir una sentencia desfavorable por una demanda interpuesta por mi a mi comunidad de vecinos (demanda correspondiente a la impugnación de un acta aprobada en junta). Me gustaría saber si después de haber pagado ya el abogado, procurador y perito de la parte contraria, todavía tengo que pagar las tasas judiciales ocasionadas por el procedimiento administrativo del juicio y del recurso de apelación? Y a que importe ascenderían? O dichas tasas están exentas para las personas físicas?
Un saludo