En el año 2006 me fue donada una finca urbana en un municipio de la provincia de Madrid constando esta de parcela e inmueble, escriturando dicha finca ante notario a mi nombre.
Dicha finca e inmueble no habían estado anteriormente escrituradas a nombre de nadie.
Quien antes era titular de la finca había inscrito en el Ayuntamiento la existencia de cuatro viviendas en el inmueble, poniendo el Ayuntamiento al cobro cuatro recibos de las tasas de recogida de basura.
En el año 2009 escrituré ante notario el inmueble como obra nueva.
Según la Dirección General del Catastro a partir del año 2009 esa finca consta de parcela y UN ÚNICO INMUEBLE CON UNA SOLA REFERENCIA CATASTRAL.
Solicitado al Ayuntamiento la anulación de tres de los cuatro recibos alegando la descripción de los datos catastrales y aportando la documentación aqui expuesta me lo deniega basándose en que desde que entró en vigor la tasa de recogida de basuras en el Municipio el citado inmueble ha contribuido por cuatro viviendas, dándome opción a presentar recurso de reposición o contencioso administrativo.
La pregunta es si lleva razón el Ayuntamiento o tengo posibilidad de ganar el recurso caso de su presentación.