Hola lola23, si que está en la ECO el cálculo, si te pones en contacto conmigo por mail te paso donde lo explica. gemmag1901@hotmail.com
Yo llevo 4 años trabajando en tasadoras, en concreto he estado en 2, y aparte soy perito judicial inmobiliario. Lo que me explicas de la segunda tasación a mi parecer no es demasiado correcta, ya que los metros que no excedan un 20% de lo escriturado se pueden añadir a la valoración según normativa. Hay muchos parámetros a tener en cuenta:
1.- La superficie se puede adoptar tanto la útil como la construida, ahora, los comparables adoptados tambien tienen que ser con las mismas superficies.
2.- Si la terraza no consta en escritura/registro no tienen la obligación de incluirla en la valoración, ya te he comentado antes que aparte hay quin la valora a precio de vivienda y hay que la valora a precio inferior (cuando se valora aparte).
3.- La superficie construida que exceda más de 20% escritural no se puede valorar.
La terraza no se que superficie tiene pero los 104,95 m2 no serían correctos para la valoración, ya que si cogemos los 73,40 m2 y le añadimos 20% el resultado es de 88,08 m2 , como mucho podríamos añadir terrazas y balcones, con lo que no se si puede ser correcto.
En la segunda tasación te toman directamente la superficie escriturada cogiéndose que la comprobada excede demasiado, seguro que han puesto algún tipo de advertencia o condicionante en la misma.
Hay muchas cosas a tener en cuenta y sin ver las tasaciones es dificil de explicar o ver en que se basan en cada una.
Ya ves que hay muchos parámetros a tener en cuenta y luego hay los que se aplican según quien realize la tasación.
Aquí el problema es que la segunda tasación realizada no ha contado ni un sólo metro de la terraza, que es un patio interior. No está cubierto, pero es muy mosqueante que en una primera tasación se contabilicen todos los metros y en la segunda ni uno.
La casa tiene una superficie registral de 73.40 metros cuadrados. En la primera se pone como comprobada sin zonas comunes 104.95 y útil 84010, pero se adopta la de 104.95. En cambio, en la segunda tasación consta una superficie comprobada de 73.40 que obviamente es la que adoptan.
Esto viene porque se hizo una ampliación de la casa que no consta en el registro.
¿Dónde viene que el método oficial sea contar el 15%? En la orden ECO no lo he visto. Supongo que será la práctica habitual pero no puedo reclamar en base a eso.
Tienes que regirte por la normativa de valoración al ORDEN ECO 805-2003, es la normativa oficial de las tasaciones donde se especifica que solo se tiene que valorar las terrazas siempre que consten en escritura y el método oficial es: si supera el 15% de la totalidad del inmueble se valora por separado, y si está cubierta, normalmente se valora más alto. Hay tasadoras que lo valoran igual que el precio de vivienda y hay otras que aplican otro importe inferior al de vivienda (cosa que es lo más correcto) ya que el uso es diferente al habitable. Saludos.
Perto, concretamente, la segunda tasadora me dijo que los patios descubiertos no se contabilizan como metros construidos. Sin embargo, la primera lo contabilizo entero.
He mirado el boe que me indicaste pero no me aclara mucho. En base a qué le reclamo? Muchas gracias
Pues si en escrituras consta el patio, ¿como no va a tenerlo en cuenta?.
Sugerencia: en vez de hablar, dirígele un escrito, con acuse de recibo, adjuntando fotocopia de escritura donde conste el patio.. a ver si por esa via, se escuda en su política personal.
Perto, gracias por contestar. Ya hable con la segunda tasadora y dijo que su politica es no contar ni un solo metro de esos patios. Ese es mi problema, que cada tasadora tiene su politica pero curiosamente siempre perjudica al consumidor y qaueria saber si hay un mínimo al que deban ceñirse o si pudden hacer lo que quieran.
Dirigete al Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API) de tu localidad, del cual depende el colectivo de Tasadores. Ellos son los que te pueden orientar.
En cualquier caso puedes hablar con el segundo tasador, ya que te puede argumentar que no tenía constancia de la existencia del patio, como parte de la propiedad.
¿Sabéís si cuando las tasadoras tasan un inmueble con un patio interior, han de contar la mitad de éste, todo o nada de su superficie?
Es que tengo 2 tasaciones de dos tasadoras distintas sobre un mismo inmueble y en una se cuenta el patio entero (cuando hicieron la hipoteca) y en la otra que es posterior, ya no se cuenta ni un sólo metro de dicho patio.
Voy a reclamar a ambas tasadoras, pero no se en base a qué... Ayudadme por favor!