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Tasación y Catastro.

1 Comentarios
 
perfil veo
26/11/2016 01:18
Rumpelstinsk
en algunos lugares, realmente en bastantes, realizaron revisiones del valor catastral en los años de máximo precio durante el boom inmobiliario. Entonces había riqueza y el Estado quería recaudar más y más
los precios cayeron, pero esos valores catastrales siguen por las nubes, siguen recaudando porque la gente no se levanta, porque la gente tiene miedo a perder lo que tiene
dicho eso, diré que los valores catastrales no suelen pecar de altos, ni siquiera esos revisados alrededor de 2007
si usted ha comprado por 120.000 una vivienda con valor catastral de 150.000, no tenga duda de que usted ha comprado por menos dinero del que costaría construirla hoy incluyendo el valor del suelo urbanizado. No sé si ha comprado bien o ha pagado más de la mínima cantidad que los del Sabadell estarían dispuestos a aceptar, o más de lo que podría usted obtener si hoy la pone en venta, pero eso es mercado y poco tiene qué ver con el concepto de valor catastral, ya que el valor catastral no debiera estar influido por la situación coyuntural del mercado sino por el valor de uso del suelo y el coste de construcción, que son bastante más estables
pero en todo caso eso no tiene mucha relación con el ITP y, si la tiene, es indirecta y porque la comunidad autónoma tiene una norma de vincular el valor de comprobación al valor catastral
la ley lo que dice es que usted ha de declarar por el valor que ha pagado, y que la Administración puede realizar la comprobación del valor declarado respecto a los precios de mercado ... y ahí es donde, por economía, suelen referirse al valor catastral, en general afectado de un coeficiente singular según cuál sea el ayuntamiento ... pero usted no está obligado a aceptar ese valor comprobado, para lo que puede presentar una tasación pericial contradictoria y, en último caso si se mantiene la disconformidad, pedir la intervención de un perito tercero ... todo ello para determinar cuál es el valor de lo que usted ha comprado, y todo ello al margen del valor catastral
no está mal que vaya usted separando esos 2.400 euros que teme le sean reclamados, y no lo está porque es un ahorro que pudiera ser necesario para eso pero lo mismo podrá ser útil para otra cosa
no podemos saber si le van a reclamar algo, y mucho menos sabemos cuánto, y pienso que usted tampoco debe de preocuparse en exceso porque nada puede hacer para evitarlo ... aunque ahorrar es siempre positivo, incluso pensando en el ITP
Tasación y catastro.
25/11/2016 11:01
Buenos días.
En septiembre adquirí una vivienda a una entidad financiera. Concretamente a Banc Sabadell.
En la tasación que se realizó para la venta, se estipulo un valor de 120.000 euros.
No obstante en el catastro, el valor de dicha vivienda está establecido en 150.000.

Mis preguntas son:
- ¿Está obligado el catastro a actualizar el valor catastral teniendo en cuenta la tasación que se realizó para la venta?
- En el momento de la compra, se abonó el 8% de 120.000 en concepto del impuesto del IBI (reducción del 2% por ser menor de 30). En la declarción del año que viene, tienen derecho a reclamarme el 8% de la diferencia (30.000)