Hola, chicos. Os sigo desde hace tiempo y la verdad que me pareceis gente encantadora. Soy una de tantas currantas que se dedica a estudiar derecho en sus ratos libres por la UNED. Al leeros me ha surgido una duda: Supongamos que en una ciudad X se sustancia un procedimiento cuyo demandado reside en X y demandante en Y. Supongamos también que el abogado del demandante está colegiado en Y. ¿Qué normas de tasación se aplicarían? ¿las del colegio de X o las del colegio de Y?.... y ello siempre que el demandado fuera condenado en costas. Gracias por contestar. Me gustaría hacer amigos por aquí