Las minutas presentadas para tasación de costas, ¿deben ir firmadas por el profesional que las emite?; si uno de esos profesionales no ha firmado la minuta ¿es válido?. Gracias. Feliz Navidad a todos.
Para una tasación es válido, no estamos hablando de facturas emitidas y formalizadas, como sería por ejemplo para presentar en un monitorio o en la jura de cuentas.
Pero las minutas o factruas conformadas de haberse pagado los honorarios, ¿han de ir firmadas por el abogado' ¿o vale sólo con poner sus datos domicilarios, colegiado, NIF, etc... ?
Bueno al juez le importa un rábano si están cobradas o no, porque estamos hablando sólo de tasación de costas, por lo que entiendo que con los datos es suficiente.