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Tasación de costas y demandado ilocalizable

5 Comentarios
 
06/04/2005 13:16
Vamos que concluyendo lo mejor es la notificacion edictal del 164.
Pero el problema es que te exigen agotar todos los pasos de los mensajes anteriores por lo que es una cuestión de paciencia el notificar.

SALU2
SAMPLERKING
06/04/2005 11:09
No creo que sea efectivo. El censo electoral se confecciona partiendo del padron municipal de habitantes. Pero hay innumerables personas que cambian de domicilio sin cambiar el los datos de residencia, unas veces por descuido y otras adrede para no ser localizados. Se puede intentar con su abogado o procurador, siempre tendran un telefono de localizacion.
06/04/2005 10:40
Otro sistema es librar oficio a la oficina del censo electoral, ahora que hemos tenido elecciones recientemente es bastante efectivo.

SALU2
05/04/2005 21:46
Lamento disentir de Samplerking en el sentido de que no será la Oficina de A.P. la que averigüe el domicilio y dudo que el Juzgado admita la expedición del oficio sin estar el procedimiento en ejecución; uno de los sistemas más efectivos es la averiguación a través de la T.G.S.S. del lugar de trabajo, dado que aunque cambie de domicilio fiscal, es posible que mantenga el mismo domicilio laboral y efectuar allí la notificación. Por lo demás,si resultare negativo - Edictos-. Saludos.
05/04/2005 08:27
Libra Oficio a la Ofiicina de Averiguacion Patrimonial, DGP, y como ultimo solicita la notificación edictal del art. creo qeu es 164 o 165 de la LEC
Tasación de costas y demandado ilocalizable
04/04/2005 18:21
Tengo que notificar una tasación de costas al demandado pero no para de cambiar de domicilio (lleva 4 cambios en un año) y eludir la acción de la Justicia. ¿Me podríais dar algún consejo? gracias a todos...