En las costas de un incidente de impugnación de costas ¿también es aplicable el límite de 1/3 que señala el art. 394.3 LEC?
Yo entiendo que no, pues ese apartado, en relación con el apado. 1º del mismo artículo señala que tal limitación se realiza "en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1", donde se habla de COSTAS DE LA PRIMERA INSTANCIA en PROCESOS DECLARATIVOS.