Hola, hace 8 años que tengo arrendado un local y hace unos meses por motivos personales y la crisis, me retrace en el pago y debia 2 meses exactamente 1200 € y el arrendatario sin decirme nada me denuncio al juzgado, reclamando la deuda y pidiendo el desahucio. El mismo dia que me llego la citacion me dirigi al juzgado y solicite el numero de cta, donde ingresar dicha cantidad, la ingrese en ese momento, y entregue una copia al juzgado, el cual me dijo que seguramente se suspenderia el juicio por que ya se habia pagado, pero como no me habian notificado me presente en el juicio, y me entero que al abogado contrario no le habian notificado el juzgado el pago, por lo que hubo juicio se reconocio que ya estaba enervado pero me quieren cobrar las costas y son de 1579,82€
me gustaria saber si es lo correcto o debo impugnar la tasacion de costas porque creo que son excesivas y si debo reclamar al juzgado por no informar al abogado yo me presente sin abogado. Agradezco una respuesta un saludo, gracias.
Ingrese los 1202,40 € que debia del alquiler, 10 dias antes del juicio en la cuenta del juzgados, y en los antecedentes de hechos, dice que solicitan el desahucio del local comercial por falta de pago de rentas o cantidades vencidas y que le son debidas en concreto 1202,40 €. Un saludo. MUCHAS GRACIAS.
En Madrid capital (imagino que en el resto de España será similar) por la acción de desahucio, las costas están en torno a 150,30.-€ Norma 42 b I.C.A.M. (dado que se aplica el 50% de la tabla a la cantidad consignada que sirvió para enervar)
Por la reclamación de cantidad: 300,60.
A esto habrá que sumar el I.V.A. y la minuta del procurador.
Es muy posible que sea excesiva. Vete al Colegio de abogados e infórmate.
Estoi en Las Palmas de Gran Canaria, Los Honorarios de la letrada son 1249,26 € y honorarios de la procuradora 330,56€., ya hoy fui al colegio de abogados, y me atienden mañana , gracias, Un saludo.