Buenos días: Un matrimoniop que ha presentado demanda bajo la misma dirección letrada y el mismo procurador y con el mismo escrito de demanda ha presentado una tasación de costas con doble minuta de abogado: es decir, una minuta para el marido y otra para la mujer, duplicándose ese gasto. El procurador, sin embargo ha presentado una única minuta. Si el Juzgado aprueba la tasación de costas doble ¿qué habría que hacer para impugnar esos honorarios? ¿por excesivos o por indebidos? La mejor prueba de que están mal calculados es que el procurador sólo presenta una minuta.
A voz de pronto te diría que por indebidos, pero no lo tengo claro.
Las normas de mi colegio, y supongo que el tuyo también tendrá una parecida, dice:
"Cuando varias personas litiguen conjuntamente bajo una única dirección letrada, solo se devengará una minuta". Por lo tanto Indebidos.
Pero, "si la actuación se realiza en beneficio de varios colitigantes, con pretensiones o títulos de pedir que no sean idénticos, la minuta se incrementará un 10% por cada uno".
Por lo tanto Excesivos.
Lo que está claro es que no debería pasar doble minuta, sino una única, o esa misma con un incremento del 10%.
Gracias. Los títulos de pedir son idénticos. En mi colegio hay una norma que dice que cuando hay pluralidad de clientes a quienes se minute conjuntamente, los honorarios podrán ser elevados hasta un 30% en razón de la mayor complejidad del trabajo realizado. Pero, el trabajo realizado es el mismo ya que la demanda es una y no dos y la causa de pedir es la misma.