Simplemente con que concurra el Procurador será suficiente puesto que como ya te expuse es el representante del cliente ante el Juzgado, sin perjuicio que los escritos que lo requieran (y que no es el caso) deben ir firmadas por Letrado. Por tanto yo entiendo que perfectamente puedes tu defender la impugnación, sin ningún inconveniente. Salvo mejor criterio
Muchas gracias Gestor, pero me surge otra duda:la impugnación la he realizado yo en base al art 32.5 LEC, no podría yo como procurador defender la impugnación que he realizado. El abogado vive en otra comunidad autónoma y le resultaría muy gravoso tener que desplazarse. En cunato al cliente, no es necesario que asista, verdad?
La vista se desarrolla exactamente igual que una vista en juicio verbal. Por supuesto que necesaria no es la asistencia del Letrado puesto que en el Juzgado quien representa a la parte es únicamente el Procurador, pero si este no concurre dificilmente defenderá la impugnación que habeis realizado.
Después de impugnar la tasación de costas por no haber incluído la minuta de mi abogado, nos citan a una vista para continuar la tramitación del incidente por los cauces del Juicio verbal. Es la primera vez que voy a estar en una de ste tipo, deben acudir el abogado y el cliente o es suficiente con que acuda yo como procurador?cómo se suelen desarrollar?