Hola a tod@s! Mi cuestión es la siguiente: se presentó en el juzgado tasación de costas; la parte contraria las impugnó; el juez ha dictado auto resolviendo este incidente condenando a costas, pero sin embargo no efectúa requerimiento alguno en el mismo auto. Mi cuestión es: debo presentar un escrito al juzgado solicintado que se requiera a la parte contraria al pago de las costas? O lo debería realizar en vía ejecución mediante demanda ejecutiva?
Ten en cuenta que la tasación e costas es titulo de ejecucion ua vea ha adquirido firmeza, por tanto por la cuenta que le tiene lo logico es que las liquide, a mi juicio basta con un simple escrito dirigido al juzgado y procedera de inmediato .
Persona, no quiero ser pedante una cosa es titulo ejecutivo, auto que te permite plantear demanda ejecutvia y otra el titulo de ejecución que es lo que tienes.
Muchas gracias por su respuesta y por su aclaración gotele. En resúmen, el auto que resuelve la impugnación de la tasación de costas tiene carácter ejecutivo, no?
le pasaría ud la minuta previamente a su cliente, ¿verdad, e-pasante? si es como cierto abogado que conozco que jura cuentas para cobrar costas y ganar más... Como está la profesión....!