Tengo una duda con respecto a un contencioso administrativo.
En su día ante una sanción impuesta por el ayuntamiento, decidí recurrirla hasta llegar al contencioso.
Cuando plantemos el contencioso firmé el apud acta ante el secretario judicial.
En esta semana, el Ayuntamiento me reclama el pago de la tasación de costas del procedimiento abreviado, a las que he sido condenado
Mi pregunta es la siguiente :
La notificación ha llegado al letrado al que otorgué el apud acta?
Cuando le ha llegado, ha pasado por completo del tema?
La condena a costas ha sido por incomparecencia?
En mi domicilio, no ha llegado ninguna notificación y el letrado que me representaba no se ha puesto en contacto conmigo ni me ha comunicado nada al respecto de este contencioso.
La sanción me la impusieron en el 2007 y la condena al pago de costas , se ha producido tal y como aparece en la notificación del ayuntamiento en marzo del 2010.
A lo que planteas:
1.- La notificación le ha llegado a su abogado.
2.- Parece que su abogado ha pasado del tema porque no la ha comunicado ni la Sentenia ni que Ud. debe pagar las costas.
3.- La condena en costas es por perder el juicio.
Era lo que suponía , desde mis noveles conocimientos jurídicos ( estoy cursando derecho ).
Podría hacer algo en el colegio de abogados?
Cuando decidí ir al contencioso con el ayuntamiento, fue porque la sanción era totalmente injusta y porque era " muy defendible " recurrirla; evidentemente nunca pensé en la incompetencia del letrado.
Antes de presentar queja en el Colegio de Abogados te aconsejo que mantengas entrevista con tu Abogado, y que te facilite copia de la Demanda, de la Sentencia, del escrito del Ayuntamiento en el que pide la tasación de costas, de la factura del Letrado del Ayuntamiento, de la tasación de costas que practica el Secretario, del Auto por el que se aprueba la Tasación de Costas, y de la demanda de ejecución de las costas.
Así lo haré, aunque previo a entrevistarme con el letrado, creo que voy a pasar por el Juzgado e intentar ver el expediente, para comprobar toda la documentación al respecto.
Gracias, tus comentarios me han sido de mucha utilidad.
Presunción de inocencia. Da una oportunidad al abogado de que te ofrezca una explicación. Después, actúa en consecuencia. No sabes la de veces que me llegan clientes equivocados por los juzgados o porque no han entendido bien la situación, o porque correos funciona como una ful, o lo que sea y cuando enseño lo realizado o les doy una explicación se quedan conformes. No sé si es el caso, pero lo prudente es preguntar.
Previo a pasar por el juzgado , pregunté al letrado y entre balbuceos, me contestó que en su día la citación para la vista no le llegó y que después presentó un recurso pero que lo desestimaron, para posteriormente expresarme que de tanto del auto en el que se me condenaba a las costas no sabía nada de nada.
Como su explicación no me dejó satisfecho, pasé por el juzgado a consultarel expediente con el siguiente resultado :
La citación para la vista la tiene firmada de su puño y letra.
Como no, nos presentamos al juicio, presentó un escrito ( fuera de plazo tal y como recoge la entrada del propio escrito ) alegando que tenía gastroenteritis y por eso no había comparecido .
Ante la sentencia ( notificada y firmada por su mismo puño y letra ) interpuso recurso ( fuera de plazo también ) que nuevamente fue desestimado.
El auto en el que se me condena a costas se lo notificaron en Abril ( otra vez firmado y recogido de su puño y letra ) y a mí me lo ha tenido que comunicar el Ayuntamiento mediante notificación urgente .
Cuando me decidí a interponer el contencioso, era porque el propio informe del ayuntamiento, expresaba que de las diligencias y pruebas practicadas no se podían desprender que yo fuera el presunto autor de la falta.
En este caso, el letrado me ha causado una mayor indenfensión que la conducta de la Administración, puesto que ha eludido informarme tanto de la vista como de los pasos posteriores, así como de la sentencia.
¿ Cómo debería actúar ahora ?
Gracias,
De lo único que puedes obtener algo beneficioso para ti (porque quejas al colegio, etc. no te van a reportar ningún beneficio) es que el abogado te indemnice por la pérdida de oportunidad de defensa que te ha provocado. Para eso tenemos un seguro de responsabilidad civil, el abogado puede dar parte al seguro y ver qué indemnización puedes conseguir, pero te aviso que será escasa.
Gira nueva visita al abogado, cuéntale lo que sabes y le dices que la mejor forma de actuar será que notifique al seguro el "incidente". Al menos el seguro deberá hacerse cargo de las costas del Ayuntamiento, me surge la duda de si también se hará cargo del importe de la multa.
¿Has pagado algo a dicho abogado?, ¿Dicho abogado pretende cobrarte alguna cantidad?. Igual tales honorarios también son por cuenta del seguro.
Muchas gracias a ambos/as por vuestros consejos.
El abogado era " de casa " y en principio arreglaríamos una vez finalizado el pleito, algo más simbólico que otra cosa .
Lo que me decepciona es que no he tenido siquiera la oportunidad de poder mostrar mi inocencia en el juicio.
Saludos,