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Tasación costas - juicio de faltas

51 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 51 comentarios
24/02/2007 03:33
Estoy de acuerdo contigo, sala. Después de leerme este hilo, me gustaría conocer qué ha pasado al final con este asunto.

Esperemos a ver si guarromán nos dice algo.

Un abrazo a todos.
24/02/2007 03:30
todavía no he tasado, la sentencia de la audiencia es de noviembre, se declaró la firmeza en enero, consignaron el principal hace 15 días, y ahora he presentado la liquidación de intereses y la tasación de costas, te mantendré al corriente.
23/02/2007 18:26
Amigo Guarroman, ¿ cómo quedó por fin el asunto?
17/11/2006 21:34
Verás, alegato. En mi debate contigo, solo tengo dos nicks, que ya conoces y de cuyo cambio te previne: Primero, Defensor del Letrado. Segundo, Data. No hay más.

Por supuesto, mis datos personales, que no escondo, están en manos del Administrador del foro, porque como otros participantes, tuve que darlos como toda persona que pretende utilizar un nick sin que se lo suplanten. Y otros compañeros que participan en el foro y con los que tengo contacto también los conocen. No: Mi alusión a que solo soy un nick no va por el camino de esconderme. Va por donde te he dicho antes con respecto a tí. Incluso me han dado ganas, viendo lo absurdo de la situación, levantar el teléfono y llamarte para hablar amistosamente contigo y deshacer el entuerto que, intuyo, está en vías de deshacerse.

En ningún momento te he despreciado. Reléete y verás que el marcador está a tu favor en cuanto a desprecios, porque lo único que yo te dije fue, en un inicio, lo de la teoría y poca práctica. Luego vino lo del plomo, pero no mentí cuando dije que tus intervenciones no me estorbaban y que me las leía con interés. No se trata ahora de decir “Y tú más”. Sólo de manifestar una impresión.

Y ello lo dije porque hiciste una serie de afirmaciones que entendí , por presunciones y al leerlas, que así es, o era, como prefieras. Si no lo es, no pasa nada, aquí paz y después gloria. Y si he de ver contigo o tu conmigo puntos de vista distintos sobre idénticas cuestiones, no despreciaré la oportunidad . Ya te dije que, cuando quieras y si te apetece, te diré porqué, en lo jurídico, dije lo que dije y te citaré una por una tus afirmaciones para comentar ese porqué. Mi oferta sigue en pié. Es decir, la de aclarar malos entendidos contigo por la vía privada porque ni tu ni yo estamos en posesión de la verdad absoluta.

Si quieres, podemos comentarlas vía email, para dejar de darle la paliza al resto de compañeros con nuestras cuitas. Tanto tus afirmaciones como las mías. Y a lo mejor hasta descubrimos que quizás ambos hayamos caído en malos entendidos el uno con el otro.

Mi insistencia, como dices, en un tema que para tí estaba zanjado, fue simplemente la de comentar el asunto en el foro. Porque es un tema que me gusta. Por lo tanto, si un forista considera que un asunto está zanjado, se retira y ya está y el que quiera seguir opinando, que lo haga. ¿No crees?

No quiero flotar como el aceite, alegato, ni quedar por encima de tí. Pero me da la impresión ( y puedo estar equivocado en esa impresión), que me he pasado el rato contestando después de tus comentarios poco afortunados hacia mí en distintos hilos.

Y en cuanto a las salidas de tono siendo letrado en ejercicio, como soy, al igual que tú, son igual de vergonzosas ( dicho sea con sentido de autocrítica) que las tuyas porque, se supone, somos dos compañeros en una situación absurda discutiendo de cosas personales sin conocernos personalmente. Así es que ambos nos merecemos un coscorrón por ello.

Y te aseguro que si algo me ha sabido mal, al margen de esta discusión y como compañero, es el hecho de que por tu parte hubiesen datos que identificaran tu persona. Porque uno dice cuatro tonterías anónimamente y no pasa nada, pero lo otro le puede acarrear (quizás me equivoque) perjuicios y aquí entramos a pasar un rato agradable y no a discutir como verduleras, con todos los respetos para esa digna profesión y dicho sea solo como expresión .
Y si algo me sabe mal que le pase a un compañero es lo que me sabe mal que me pudiese pasar a mí, al margen de todo lo demás.

Finalmente, alegato, quisiera decirte que muchas de tus aportaciones me parecen interesantes y que, en serio, no me estorban sino que me enriquecen porque hacen que uno no se duerma y vea lo que opinan otros. A las malas, y si le quitamos esa parte mala a nuestros post o a otros en los que otros intervinientes al final también “acaban a tiros”, creo modestamente que enriquecen jurídicamente un poquito más al foro.

Queda en pié mi ofrecimiento por la vía privada, si alguna vez te apetece, y permíteme que no entierre el hacha de guerra porque nunca la desenterré, del mismo modo que me placerá debatir amistosamente mano a mano en cualquier hilo para aportar y no para flotar mas que el otro. Y lo del hacha te lo digo sinceramente.

Recibe un cordial saludo, compañero.

17/11/2006 19:48
Amigo DATA, todos en la red estamos identificados aunque cueste creerlo o es que te piensas que tú no lo estás.

Es cierto que yo, cuando intervengo en el foro, me ofrezco públicamente, con nombres y apellidos. Nada más que por esa razón, está fuera de lugar tus salidas de tono y los menosprecios hacia mi persona, efectuados desde el anonimato y bajo utilización de distintos nicks. La cuestión es todavía más grave si, como dices en otros apartados del foro, eres letrado en ejercicio.

Por eso y porque tú fuíste quien empezó todo esto (te recuerdo tus salidas de tono, tus posteriores disculpas y tu improcedente y posterior insistencia en un tema que había quedado zanjado Asunto: intereses de demora del artículo 20 LCS) entiendo que poca explicación y justificación tiene tu actuar.

No obstante, como hace escasos minutos he contestado a otro contertulio del foro civil, para mí (que obviamente también me he equivocado en seguir tal hilo descalificador) ya está enterrada el hacha de guerra si es que en algún momento se desenterró.

Un saludo. (cordial, al menos, por mi parte)
17/11/2006 19:29
Verás, Alegato. Lo bueno del caso es que a mí no me jode rectificar, como dices, si me equivoco. Si he de rectificar rectifico y punto. Por otro lado, y demostrado tu verdadero talante con tu rabieta, en este y en otros hilos que has reabierto por el gusto de cuestionar lo que respondí y meterte con mi nick, no voy a entrar en el fondo de cuestiones jurídicas que, a buen seguro, vas a seguir insistiendo en contradecir por gusto y sin más argumento que la meritada rabieta, porque de eso es de lo que se trata.

Sin embargo, hay algo que no tienes en cuenta. Y es que, mientras yo simplemente soy un nick en este foro, tú eres una persona con nombre y apellidos, porque así lo has escogido voluntariamente. Y que en tu actitud no estoy viendo a un nick metiéndose con otro nick en un foro de internet sino que, por tu propia volutad, estoy viendo a la persona con nombre y apellidos que se anuncia tras su enlace en una actitud poco seria.


Puedes seguir diciendo lo que quieras de mi nick y de mi supuestas carencias jurídicas. Ego te absolvo.
17/11/2006 19:02
Pero ciertos, ciertos como la vida misma...
17/11/2006 19:00
Qué bien, dichos populares.
17/11/2006 18:58
Todo se pega, menos la hermosura.
17/11/2006 18:55
Te aplaudo: está bien que repitas el único comentario coherente que has hecho hasta ahora.

Bravo. Continúa cacareando, lo haces muy bien.
17/11/2006 18:50
Tus últimas palabras, mores maiorum, son las únicas que tienen algo de sentido. Te felicito.
17/11/2006 18:45
DATA, tengo dos opciones, hacerte o no hacerte caso.

Quizás podrías pensar un poquito e intuir que yo he podido (-en este caso sufrir-) una situación parecida a la que expone Guarromán. Por eso la respuesta primera al solo observar que dice que en la sentencia imponen las costas "incluidas las de la acusación particular" y, la matización segunda, tras su clarificación sobre que en la fundamentación jurídica del fallo se especifican que están incluidos los gastos de letrado y procurador.

Pero es que, me da la sensación, amigo DATA, que todavía no te has enterado de nada, como ocurre en los hilos (como tú los llamas) abiertos en el Foro Civil.

Por último, yo no soy infalible, me equivoco y cuando lo hago rectifico y, además, sinceramente, ME JODE HACERLO, PERO LO HAGO. No es la primera vez que ha ocurrido en este foro y lo he admitido sin mayor reparo, es más, incluso felicitando a quien me ha enmendado o rectificado. (pruebas, dado que existe constancia, si quieres, te las doy). Eso es lo bonito de este foro: se aprende. Es mejor que alguién aquí te diga que te equivocas (aunque te duela) que lo haga un juez y no solo te duela a tí sino también al cliente que asesoras.
17/11/2006 18:39
Mores Maiorum, no digas mentirijillas, anda, que se te ve el plumero.
17/11/2006 18:14
No necesito tus adverdencias, alegato, porque el que no entiende lo que lee eres tú. Y que cuando te advierten de tu error, lo único que haces en entrar en descalificativos. Quien omitió o inadvirtió desde un principio en su opinión el hecho de que las costas comentadas por guarromán incluían las de la acusación particular eres tú, no yo.

El resto que comentas sobre mí es, sencillamente, una cortina de humo para ocultar tu error de apreciación y la incapacidad para rectificar.

Por otro lado, vuelves a caer en el error de opinar sobre algo que ni siquiera sabes, porque el único que conoce el asunto particular es guarromán y las cosas son como son, no como tú crees que son. Y yo no opino sobre el fondo de lo que no he visto, que es lo que te vengo diciendo insistentemente en todos los hilos en que me pones a parir porque no sabes admitir otras opiniones y no te quedan mas recursos.
17/11/2006 18:05
Data, pues sinceramente, y objetivamente, ya que no se ni me importa la movida personal que tengas con alegato, leyéndote, puedo entrever la soberbia que tienes tú, la envidia y la resignación, porque si de verdad sientes que alguien se siente superior a tí o que te quiere humillar, (cosa que en este caso concreto no veo que ocurra con nadie) es por una de dos, o eres un paranoica/a o es que verdaderamente te sientes mediocre. Tu sabrás.
Si juzgar tan alegremente costara dinero... que asco de verdad, estais algunos como buitres al acecho!
Antes de ver la paja en el ojo ajeno, hay que ver la viga que tenemos en el nuestro.
Adios.
17/11/2006 17:58
Amigo GUARROMAN, aclarado lo anterior, es decir, que la sentencia del juicio de faltas no solo impone las costas procesales sino que especifica en su fundamentación jurídica que en éstas están incluidas las que se han generado a consecuencia del Letrado y Procurador que ejercitaron la Acusación Particular, nada más tengo que decirte, únicamente, eso sí, felicitarte por el resultado porque visto lo visto no es nada fácil conseguir dicho pronunciamiento judicial.

Advertir a DATA que no solo sirve que la sentencia imponga las costas, haciendo mención genérica (e incluso absurda) a que están “incluidas las de la acusación particular”, sino que es necesario que no exista duda alguna sobre el hecho que dentro de dichas costas procesales están incluidos de manera excepcional los servicios del letrado y procurador utilizados por la parte denunciante, que dicha cuestión se discutió en el acto del juicio oral (hubo principio de contracción) y el fallo en este sentido no fue recurrido. Ese es el pronunciamiento que ha conseguido GUARROMAN y, el mismo, es inatacable en el trámite de tasación y en virtud del principio de intangibilidad de las resoluciones judiciales (a ese supuesto se refieren los autos que el Sr. Data ha leído pero no ha llegado a entender o comprender). Decirle al Sr. DATA que se lea el artículo 241 de la L.e.crim. y compruebe que el concepto de costas procesales incluye variados conceptos y si no especifica nada en la sentencia del juicio de faltas, únicamente daría lugar a la tasación de los gastos de perito e indemnizaciones de testigos, no a los de procurador y letrado por no ser preceptivos. De hecho así ha ocurrido y no es momento y lugar para darle más clases teóricas a este muchacho.

Amigo GUARROMAN, Por lo que refieres a los recortes del Secretario Judicial, el mismo, teniendo relación con la causa penal, no puede cuestionar los conceptos de nuestras minutas de honorarios profesionales dado que nosotros no nos regimos por un Arancel (como ocurre con los procuradores). Así que presenta la minuta de honorarios, el Secretario Judicial la incluirá en la Tasación de Costas y dará traslado por tres días al Ministerio Fiscal y parte condenada para que la puedan impugnar por ilegítimas (indebidas) o excesivas. (arts. 242 y ss L.e.crim)

Respecto al contenido de la minuta de honorarios, y sin perjuicio de una hipotética impugnación que puedan llevarse a cabo por la parte condenada (si es, aparte del denunciado, también su aseguradora probablemente te lo discutirá todo –lo hacen por sistema-), yo incluiría todo lo actuado excepto los recursos, si es que en éstos, no hubiere pronunciamiento sobre costas. Es decir, para que nos entendamos, denuncia, diligencias previas, juicio de faltas y la responsabilidad civil en las actuaciones ventilada, ciñéndome escrupulosamente a las normas orientadoras de nuestro colegio profesional.

Un saludo y suerte.
17/11/2006 16:13
Y aclaro que mi anterior mensaje era para alegato.
17/11/2006 16:09
No te vayas por las ramas: Sólo te interesa destacar sin leerte bien lo que pregunta la gente. Eso es lo que te ha pasado también en los otros hilos y te ha pasado en este.

Y una cosa es sentirte menospreciado y otra que realmente te menosprecien, lo que no es mi caso porque no me interesan esas cuestiones.

Y, como lo cortes no quita lo valiente, y aunque creo que tú me ganas en descalificativos personales, recononozco que algunas de las cosas jurídicas que dices las dices correctamente, y no te las he discutido, aunque las digas fuera fuera de contexto en tu afán aleccionador) exceptuando algunas perlas de las que si quieres, otro dia nos ponemos tú y yo a a charlar tranquilamente en un hilo ad hoc.

Y que lo que vengo diciéndote desde que empezamos a postear mano a mano es que el derecho es extenso y que hay que estar a aquel viejo dicho: Dame los hechos y te daré el derecho, y no a la inversa, que es lo que haces tú machaconamente.

Sin acritud, hombre.



17/11/2006 16:07
Bueno, la fundamentación jurídica de la sentencia habla de la inclusión de las costas de la acusación particular, incluyendo las de letrado y procurador, y en el fallo se condena a las costas del procedimiento, "con expresa inclusión de las de la acusación particular".

Gracias por aclararme que está fastidiado que se incluyan, cosa que conozco, puesto que SIEMPRE pido la inclusión de las mismas y es la primera vez en las que me las aceptan.

Dicho esto, ¿alguna respuesta sobre lo que he preguntado?
17/11/2006 15:52
Tú lo has dicho, dicha jurisprudencia es minoritaria. Y sí, amigo DATA, la conocía, igual que conozco muchas otras cosas que, precisamente, para no resultar plomazo me callo.

En concreto, las dos últimas, AAP Zaragoza, 1ª, 7/07/2006, Barcelona, 5ª, 14/03/2006. No obstante, también habrá que decir que en muchos de los autos que he referenciado en sentido desestimatorio partían de una condena en las costas procesales donde se hacía referencia a la Acusacion Particular y ello no sirvió de nada.

En fin, DATA no sé tanto empeño por menospreciarme cuando como te dije en el foro civil: no me conoces de nada y, simplemente, no he estado contigo de acuerdo en algunas cuestiones en las que tú, previamente, te has dirigido a mí para enmendarme. No lo sé, Repasa tus actuaciones y, a lo mejor, comprenderás la razón de todo esto.

Un salduo no cordial (como tú dices)