Sres abogados, tengo una duda, mi esposo tiene Residencia y trabajo, y ya cumple 5 años de residencia en España, pero ya no trabaja en la Empresa que lo contrato al principio, ahora solo tiene que pagar la tasa de larga duracion de 20.40 o su trabajo nuevo tambien tiene que pagar una tasa por empleo, porque recordamos que en la 1ra y 2da renovacion la empresa anterior pagaba una tasa, espero me entiendan, muchas gracias.
En efecto, para la solicitud se trata de una residencia de larga duración sólo tendrás que pagar la tasa de 20,40€ para la tramitación de la petición de la tarjeta inicial permanente y luego por la expedición otros 20,40€.