Buenas tardes a todos,
Necesito saber las excepciones al pago de la tasa en los monitorios. Mi cliente por facturación las tiene q pagar, pero creo q hay una modificación de la ley y en los monitorios de menos de 3000€ no hay que pagarlos. Me lo podéis confirmar? graciñas!!!
El artículo 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, modificado por la Disposición Final Segunda de la Ley 37/2011, de medidas de agilización procesal, exige el pago de tasa judicial para procesos monitorios cuyo importe supere los 3.000 euros.