Si realmente te dieron tarjeta por arraigo social tal y como señalas el art. 45.7 Rex 2393/2004 es clara al respecto autorizacion de rsidencia por arraigo conlleva autorizacion de trabajo por el mismo periodo en el que te otorgan la residencia.
Entiendo que aportando la resolución favorable por arraigo social a la empresa podrán comprobar que tambien puedes trabjar hasta que la misma venza y renueves ok?
Hola amigos, me regularicé por arraigo social, me dieron una tarjeta donde pone "tipo de permiso: Residencia". Ahora he cambiado de trabajo, y la nueva empresa me dice que como me pone residencia en la tarjeta, no puedo trabajar para ellos. Les he dicho que sí puedo trabajar. Me responden que entonces traiga algun tipo de resolución o documento que acredite que puedo residir y trabajar. ¿Que tengo que hacer? ¿La tarjeta está correcta? ¿Tengo que ir a la Subdelegación a que me den una autorización de trabajo? Gracias