buenos dias estimado lector mi duda es la siguiente:
tengo la tarjeta de residencia y trabajo de larga duracion de españa puedo trabajar con ella en francia sino que tramite deberia realizar muchas gracias.
Hola. Si su tarjeta es de residencia de larga duración sin más, solo puede residir y trabajar en España.
Si es una tarjeta de residencia de larga duración-CE, sí puede ir a residir y trabajar en otro Estado miembro de la Unión Europea (excepto Reino Unido, Irlanda y Dinamarca), pero será necesario que solicite previamente que ese Estado al cual pretende ir a residir, le reconozca como Segundo Estado el estatuto de residente de larga duración ya reconocido por España. El efecto, será la pérdida de la calidad de residente en España, que podrá recuperar si decide volver por el procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley de Extranjería.
Si actualmente tiene la tarjeta de residencia de larga duración, debe primero solicitar que se le reconozca el estatuto de residente de larga duración-CE aquí en España.
Hola. La tarjeta de residencia de larga duración-CE, documenta la autorización de residencia de larga duración-CE de su titular. Esta autorización se concede DENTRO DEL RÉGIMEN GENERAL y en el marco de la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración, que ya ha sido transpuesta al ordenamiento español.
Si usted es beneficiaria del régimen comunitario, no podrá solicitar esta tarjeta porque no le corresponde.
Además, este tipo de autorización de residencia, en razón de requerir una petición expresa y la acreditación de requisitos específicos, no se concede sino a quien la ha solicitado expresamente (por tanto, una persona que conoce y entiende el alcance y los efectos de este tipo de autorización).
La diferencia fundamental con la residencia de larga duración simple, concedida exclusivamente al amparo de la normativa española, es que esta CE permite eventualmente obtener una autorización de residencia en otro Estado miembro, a través del reconocimiento como Segundo Estado del estatuto de residente de larga duración-CE, ya reconocido, en este caso, por España.
En el texto de la tarjete viene indicado: RESIDENTE DE LARGA DURACIÓN-CE.