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Tarjeta Sanitaria

8 Comentarios
 
Tarjeta sanitaria
23/08/2010 17:41
Hola

Tengo en proceso la renovación de la tarjeta de residencia permanente, presente los papeles con todos los tramites el 25/03/2010 pero mi tarjeta sanitaria caduco el 04/04/2010 pero sigo de alta en la seguridad social es decir estoy aportando correctamente sin falta con la misma empresa desde agosto de 2008 pero cuando voy al medico el personal del mostrador se niega a la atención porque la tarjeta sanitaria y de residencia están caducadas indican no pueden ayudar aunque este aportando a la seguridad social; ¿que puedo hacer?, es me parece que no es justo ni legal, lo entendería si no aportara a la SS pero si estoy aportando no lo entiendo.

Espero me puedan ayudar con mi consulta y de antemano muchas gracias por la ayuda y el momento de atención
23/08/2010 19:05
Hola:

1.- Si aún no te han respondido sobre la renovación de tu tarjeta de residencia permanente, ya han pasado más de 3 meses, si lo has presentado en la fecha indicada. Por tanto, se entiende estimada la solicitud por silencio administrativo positivo. Para ello debes pedir por escrito que te expidan el correspondiente certificado en tal sentido, para que puedas hacerte la nueva tarjeta, sin perjuicio de que desde el 27 de junio de 2010 ya puedes invocar los efectos del silencio.

Debes recordarle a CUALQUIER PERSONA, tanto autoridades, como funcionarios o particulares que:

A) La validez de tu tarjeta caducada está prorrogada hasta la resolución del procedimiento, lo cual acreditarás siempre mostrando la tarjeta caducada más la solicitud de renovación.

B) Que desde el pasado 27 de junio, en virtud de la operación del silencio administrativo positivo, puedes invocar sus efectos frente a todo el mundo, por tanto, está renovada, independientemente de que se demoren en emitirte el certificado y en expedirte la tarjeta y tenerla físicamente.

C) EN TODO MOMENTO tu situación en España ha sido y continúa siendo absolutamente legal, JAMÁS has caído en la irregularidad.
23/08/2010 19:06
2.- La tarjeta sanitaria individual, normalmente, no suele venir con fecha de caducidad (bueno, al menos en Cataluña, desde donde escribo, no es así). El hecho de hallarte empadronado en el municipio correspondiente, más el hecho, en tu caso, de hallarte cotizando a la Seguridad Social, es más que suficiente para que te la renueven si es que ha caducado y te brinden atención médica, algo que no te pueden negar, más aún si estás cotizando. Además, la tarjeta sanitaria individual garantiza el acceso a todo el Sistema Nacional de Salud y el acceso a la Sanidad Pública en toda España, la regulación viene dada por la Constitución Española, la Ley General de Sanidad. la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud y el Real Decreto 183/2004, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual. Además, en el caso de loe extranjeros, la Ley de Extranjería reconoce el derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles (art. 12).

INCLUSO NO COTIZANDO A LA SEGURIDAD SOCIAL, tendrías derecho a la asistencia sanitaria, porque la asistencia sanitaria depende, orgánica y operativamente, de la Consejería de Sanidad de la correspondiente Comunidad Autónoma, pero se hallan bajo la coordinación del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, con sede en Madrid y su financiamiento viene del Presupuesto General del Estado. El hecho de que cotices a la Seguridad Social simplemente hace que pases a contribuir, entre otras cosas, al sistema sanitario (enfermedad común es solo una de las contingencias de la Seguridad Social, no la única), en virtud del principio de solidaridad y de proporcionalidad (contribuir a sostener algo que es común para todos de acuerdo a tus posibilidades), justamente cuando tú cotizas lo haces en parte por ti y tu familia a cargo y en parte para cubrir la atención de quienes no cotizan y también necesitan ser atendidos, pues la atención sanitaria es un derecho fundamental universal (no proporcionarla, le acarrearía más bien perjuicio al Estado, pues le lloverían demandas por desatención y además, no podría controlar eventuales focos infecciosos que podrían poner en riesgo a toda la población, en definitiva, proporcionar atención sanitaria universal es un medio de autoconservación).

23/08/2010 19:08
Por tanto, te recomendaría:

A) Que exijas (sí, EXIGE, porque cotizas, por tanto tienes derecho a exigir, no solo a solicitar) que se te renueve tu tarjeta sanitaria individual.

B) Muestra para ello tu documentación en el siguiente orden:

- Tarjeta de identidad de extranjero caducada, acompañada de su correspondiente resguardo en el que solicitaste la renovación. De ser posible, también el escrito en el que le solicitas a la Subdelegación del Gobierno el certificado de operación del silencio administrativo positivo para que se te expida la nueva tarjeta.

- Original y copia de tu pasaporte en vigor.

- Certificado de empadronamiento en tu domicilio actual.

- Documento de la Seguridad Social, donde se indique tu número y bien tu última nómina o bien si cobras el paro, el certificado en tal sentido (porque cuando se cobra paro, se sigue cotizando).

C) Presenta la oportuna queja ante el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, rellenando el siguiente impreso:


http://www.ingesa.msc.es/ciudadanos/docs/FormularioDeQuejasYSugerencias2.pdf

La página web para presentar la queja es:

http://www.ingesa.msc.es/ciudadanos/quejas/home.htm

Haz una relación clara, precisa y detallada de tu caso, adjuntándoles la documentación correspondiente.

Si vives en Madrid, donde está su sede, su dirección en Madrid es :

C/ Alcalá 56.

Su teléfono es 913380365

Te invito a que te quejes si consideras vulnerados tus derechos, te es perfectamente lícito hacerlo.

Te sugeriría también, en caso de que los de ventanilla se pongan puntillosos, pedir hablar con la dirección del centro para explicarles tu caso. La gente de ventanilla no siempre está al tanto de estas cosas que te estoy poniendo y puede que por desconocimiento te digan lo que dices que te han dicho. En esos casos, mejor pedir hablar con la dirección.

Luego, también puedes quejarte ante el Defensor del Pueblo, a través del siguiente impreso electrónico:


https://www.defensordelpueblo.es/index.asp?destino=/firma/


Las direcciones en Madrid, su sede, son :

Calle Zurbano 42
Paseo Eduardo Dato 31 (este está a una manzana del Paseo de La Castellana).
Teléfono: 914327900
Correo electrónico: registro@defensordelpueblo.es

Si no vives en Madrid y vives en alguna de las siguientes comunidades autónomas, quéjate mejor ante el funcionario autonómico que haga las veces de defensor del pueblo en ese ámbito:

Ararteko (País Vasco)
Defensor del Pueblo Andaluz (Andalucía)
Defensor del Pueblo de la Región de Murcia (Murcia)
Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra (Navarra)
Diputado del Común (Canarias)
Justicia de Aragón (Aragón)
Procurador del Común (Castilla y León)
Procurador General (Principado de Asturias)
Síndic de Greuges (Cataluña)
Síndic de Greuges (Comunidad Valenciana)
Valedor do Pobo (Galicia)

ACLARACIÓN: puedes quejarte tanto a la autoridad sanitaria ya indicada, como al Defensor del Pueblo. Pero no dejes de quejarte, porque estas cosas sí son susceptibles de queja, para que se llame la atención.

Un cordial saludo y suerte.
23/08/2010 19:44
Muchas gracias por la información llamare mañana a primera hora a C/ Alcalá 56 como me aconsejas a ver que me informan para solucionar el tema

Muchísimas gracias me has sido de infinita ayuda
23/08/2010 20:00
Por cierto una pregunta donde puedo conseguir el certificado de operación del silencio administrativo positivo para que se te expida la nueva tarjeta.

Es que esta información es nueva para mi no sabia nada sobre ese tema

Muchas Gracias
23/08/2010 20:10
Hola, en la misma Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno donde presentaste la solicitud de renovación. Es un simple escrito en el que indicas que habiendo ya transcurrido más de 3 meses desde que solicitaste la renovación sin haber recibido notificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Extranjería y su Reglamento, se entiende estimada (silencio administrativo positivo), por lo que solicitas, en consecuencia, se te expida el correspondiente certificado acreditativo de tal situación para proceder a solicitar tu tarjeta de identidad de extranjero en la Comisaría de Policía que te corresponda. Disponen de 15 días hábiles para responderte (en España días hábiles, administrativamente hablando, son de lunes a sábado, excepto, lógicamente, si es un día festivo nacional, autonómico o local).

Un cordial saludo y suerte.
23/08/2010 20:12
Muy bien muchas gracias
23/08/2010 23:31
Hola. En el escrito que le dirijas a la Oficina de Extranjeros solicitando la operación del silencio administrativo positivo, no te olvides de poner tu nombre completo, NIE y el número de expediente del procedimiento si acaso lo tienes, para que también les facilites el trabajo, sino, puedes consultarlo en la página web del Ministerio de Política Territorial: www.mpr.es o a través de la ruta que te da la página web del Ministerio del Interior: www.mir.es, apartado Información sobre trámites, subapartado Extranjeros y dentro de este, el último rubro que aparece: estado de tramitación de expedientes. Cualquier dato que veas ahí es meramente informativo y por ningún concepto sustituye a la notificación que tienen que hacerte en el domicilio que indicaste a esos efectos.
Un cordial saludo.