Me han concedido la nacionalidad con fecha 11 de febrero de 2013. En este momento no me encuentro en España. Tengo residencia permanente que vence (la tarjeta) en el 2015. Pero he salido de España en abril del año pasado (10 meses). Mi pregunta es: Puedo solicitar la jura de la nacionalidad en el consulado de Colombia en Bogotá?. Y realizar el trámite allí... si ingreso al país por 1 mes... no pierdo el derecho a la tarjeta de residencia...es decir puedo ausentarme un tiempo mas y continuar vigente...porque para como estoy viendo el trámite de nacionalidad es muy largo y por temas laborales tuve que regresar a Colombia....sin embargo no quiero renunciar a la concesión de la nacionalidad española...por favor que debo hacer estoy hecha un lío.
Póngase en contacto con el Registro Civil donde comenzó el trámite, ya que a él es a quien la Dirección General de Registros y del Notariado remite la resolución de concesión y es quien debe practicar la notificación oficial. Contacte con ellos y solicite ser notificada oficialmente por el Encargado del Registro Civil del Consulado de España en su actual lugar de residencia y que le sea recibido el juramento ahí, vía auxilio registral (art. 64 de la Ley de Registro Civil y art. 229 del Reglamento de Registro Civil) y luego, sea remitido al Registro Civil donde se inició el expediente, para la inscripción. La nacionalidad española se adquiere desde la jura, pero necesitará que se practique la inscripción en el Registro Civil y que le sea expedido el certificado correspondiente, para hacerse expedir el DNI (que solo se puede solicitar en España) y el pasaporte (cuando la persona está en el extranjero, solo se le puede expedir pasaporte).
Le sugeriría que se pusiera en contacto primero con el Registro Civil donde inició el procedimiento, para plantear su caso y luego, efectúe la solicitud formal (por escrito, puede cursarla por medio del propio Consulado) de jurar ante el Encargado del Registro Civil del Consulado.
Muchas gracias, como salí de España el 5 de abril del 2012 ya tengo mi viaje programado para el 18 de marzo y así no perder la residencia, con quedarme 3 semanas en España es suficiente para que no se me extinga la tarjeta??? y otra pregunta, mis hijos tienen la nacionalidad española y estan conmigo en Colombia des de el mismo 5 de abril del 2012, al menor se le ha vencido el pasaporte en diciembre de 2012 y el DNI en agosto del 2013, al mayor se le vence tanto el DNI como el pasaporte en agosto del 2013, hay alguna posibilidad de sacar el pasaporte del niño menor yo en España ahora que voy? o debo hacerlo en donde...para que puedan viajar en julio a renovar el DNI?