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Tarjeta familiar comunitario y visado schengen

7 Comentarios
 
Tarjeta familiar comunitario y visado schengen
11/06/2013 10:55
Buenos días, tengo una duda agradecería si alguien me la resuelve.
Persona no comunitaria, casado con ciudadana española, que ha entrado con visado schengen, que cumple todos los requisitos para solicitar la tarjeta de familiar comunitario, si inicia los trámites para su solicitud, que pasaría si se le vence el visado mientras los realiza. ¿Podria terminar el tramite a pesar de ello?Me refiero entre la entrega de la documentación y la cita para su huella, por ejemplo o en cualquier otro momento del proceso, porque consuma sus tres meses de estancia?. Gracias
11/06/2013 14:20
No pasa absolutamente nada, espera la tarjeta y listo, desde que se ve acobijada por el derecho comunitario ella puede estar sin ningun problema en europa.
11/06/2013 15:27
Gracias leo897
12/06/2013 22:26
Lleva razón leo897. No pasa absolutamente nada. Pero, para evitar problemas, que la persona lleve consigo lo siguiente:

1.- Cuando haya pedido cita para su tarjeta, una copia impresa de la solicitud de cita, junto con su pasaporte

2.- Cuando ya haya presentado la solicitud de la tarjeta, una copia del resguardo junto con su pasaporte

3.- Cuando le haya sido notificada la resolución (aunque sea consultando el estado del trámite por Internet con el resultado de "resuelto-favorable", copia de dicha página web o de la propia resolución

4.- Cuando haya puesto las huellas y esté en espera de su tarjeta, copia del resguardo de la tarjeta

5.- Y cuando le den la la tarjeta... ¡¡¡FELICIDADES!!!

Es que en este país, aunque uno tenga derechos, tiene que demostrar que los tiene (lamentablemente). Así que no está de más llevar resguardos de todo lo que se va haciendo. Así no habrá problemas.
13/06/2013 11:51
Muchas gracias Muy Confundido.

13/06/2013 11:56
Una pregunta más por rizar el rizo, mientras se realiza el trámite ¿debe permanecer todo el tiempo en España? O puede hacer uso de su visado y salir y entrar mientras este se encuentre en vigor.

Lo pregunto por curiosidad, porque el interesado lo que quiere es legalizar su situación y estar con su familia.

Gracias
13/06/2013 12:37
Hola, Mimi100.

Mientras se realiza el trámite puede hacer uso perfectamente de su visado y salir y entrar mientras éste se encuentre en vigor (varias veces si se trata de un visado multi-entrada).
Mi mujer estuvo en la misma situación. Entre el momento en el que presentó su solicitud en extranjería y se recibió la resolución favorable, tuvo necesidad de ir a su país, lo hizo con su visado en vigor y con el mismo volvió a España. Y lo hizo dos veces.

Lo dicho, mientras el pasaporte y el visado estén en vigor, no tiene que haber absolutamente ningún problema.

suerte!
13/06/2013 12:47
Otra cosa (también por rizar el rizo yo también):

Tal y como te decía antes, no hay ningún problema en salir y entrar en españa con pasaporte visado en vigor mientras dura el trámite. Mi mujer lo ha hecho 2 veces y ningún problema.

PERO.....

Pero la persona que sale (y posteriormente pretende entrar en España) con un visado de turista es oficialmente eso: un turista. Y para ser turista en frontera pueden pedire que demuestre no solo que lleva visado, sino que también tiene un lugar donde alojarse, un billete de vuelta y dinero suficiente para su supesta estancia.

OJO CON ÉSTO: Un visado no es una garantía para entrar en un país. La policía de fronteras puede requerir lo mencionado anteriormente y, si no se acredita la disponibilidad de lo dicho, se puede denegar la entrada a España.

Evidentemente, es muy costoso tener un billete de vuelta cuando no pretendes utilizarlo. Por eso yo recomiendo que, junto con pasaporte visado, la persona interesada lleve un documento oficial (CERTIFICADO DE MATRIMONIO/LIBRO DE FAMILIA) que certifique que la persona es familiar de un ciudadano de la Unión Europea. En estas condiciones, la policía de frontera DEBE, SÍ O SÍ, permitirle el paso en España, a menos que se trate de un problema mayor (riesgo para la seguridad nacional, salud pública, etc).

Lo dicho: Que la persona lleve los documentos que certifican ser beneficiario del régimen comunitario. No hay que enseñarlos a la policía de fronteras sin más. Sólo si las cosas se ponen "feas" con el visado de turista.

Suerte!!!!!!!!!