Muchísimas gracias, Condedecartagena, por toda la información brindada y la celeridad en responder.
Vamos a anular la cita aquí en Madrid e iniciar todo en Barcelona. Hemos entrado en www.mpt.es y hemos visto que dan citas con mucha rapidez (¡para dentro de 1 semana!). ¿Eso es nuevo, verdad?
Aunque para anular la cita que ya tenemos nos piden el número de justificante de la cita... y no tenemos ese número y tampoco figura en el comprobante de la cita que tenemos. ¿Cómo hacemos para anular la cita?
Un saludo cordial!
Vero
1.- Sí, es posible. La nueva cita en Barcelona, debe solicitarla en www.mpt.es, apartado EXTRANJERÍA. El sistema asigna cita y para régimen comunitario, no suele haber tanta distancia temporal.
2.- Si se van a mudar a Barcelona, sería recomendable tramitarlo aquí. Tiene la ventaja de que, en el acto, le dan la resolución asignando NIE y la fecha a partir de la cual podrá ir a la Comisaría de Policía a la expedición de la tarjeta.
3.- Se exige que no tenga una antigüedad mayor a tres meses. Si ya ha pasado, puede pedir una certificación al Registro Civil Central, en Madrid, ya que en él constan también inscritos, por remisión del Consulado, los hechos y actos que afecten a los españoles que hayan tenido lugar en el extranjero.
Hola, mi nombre es Verónica, soy española. En febrero de este año me casé con mi marido, que es argentino, en Buenos Aires. Inscribimos el matrimonio en el Consulado de España de Buenos Aires. Allí nos entregaron el Libro de Familia y el certificado literal de matrimonio. Llegamos a Madrid en junio y tenemos cita para solicitar la tarjeta de residencia para mi marido el 21 de diciembre en Madrid.
Tenemos varias preguntas:
1. Estamos empadronados en Madrid pero en 2 meses nos mudamos a Barcelona. No va a haber nadie para recibir la carta de concesión. Estamos pensando en anular la cita e iniciar el trámite en Barcelona. ¿Sabéis para cuándo están dando cita previa allí?
2. Si seguimos con el trámite en Madrid, pero nos mudamos a Barcelona, ¿es posible poner una dirección en Barcelona a efectos de notificaciones? ¿O se comunican contigo únicamente a la dirección que figura en el empadronamiento?
3. Nuestro certificado literal de matrimonio (que nos entregaron en el Consulado de España en Buenos Aires) fue expedido hace más de 3 meses. ¿Podemos hacer el trámite con el Libro de Familia o es imprescindible el certificado de matrimonio con fecha menor a 3 meses? En caso de ser así, ¿cómo y dónde obtenemos uno?
Muchas gracias!!
Un saludo.
Vero