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tarjeta de residencia por matrimonio

3 Comentarios
 
06/02/2012 21:04
hola mi caso es el siguiente soy Britanica con residencia comunitaria permanente en España,mi novio vive en Peru y quiere ir a vivir a España pero no sabemos si es mejor casarnos en Lima o en España.El quiere estar legalmente y trabajar en seguida.Que tramites tenemos que hacer y cual es el camino mas rapido.Gracias
06/02/2012 20:15
Muy buenas,

Soy extranjera no comunitaria, y en el mes de JULIO me caso con pareja española. (Ya contamos con el consentimiento del Registro civil)

No obstante, el Nie se me vence en MAYO (segunda renovación), actualmente no estoy trabajando, y tengo dos meses en los que me quedaré irregular.


Mis dudas son:

- ¿Puedo prevenir esa irregularidad presentando algún tipo de certificado que acredite la fecha de la próxima boda, y dónde?

- ¿Dónde y cuándo debo pedir la tarjeta de residencia de familiar de comunitario, y cuánto se tardan en darla?

- ¿Puedo salir del país de luna de miel días después de la boda solicitando algún permiso?

- ¿Cuál sería el procedimiento recomendado a seguir en este caso?

Muchas Gracias
Saludos
29/04/2011 14:12
Hola. Necesitarás copia certificada del ACTA DE MATRIMONIO. Si no te casaste ante el Juez Encargado del Registro Civil, sino ante el alcalde o concejal delegado o por la forma religiosa, en estos casos, tarda unos días, porque tiene que inscribirse el asiento registral. Pero cuando la gente se casa ante el Juez Encargado del Registro Civil, suele recibir conjuntamente con el Libro de Familia, copia certificada del acta de matrimonio.

Si no la tienes todavía, apresúrate a solicitar copia.

Luego, dependiendo de donde vivas, tendrás que pedir cita previa o ir directamente a la oficina de Extranjeros de tu localidad, para que solicites la TARJETA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UNIÓN. Tendrás que rellenar el impreso EX-16, por duplicado y adjuntar la documentación que se indica en la siguiente hoja informativa (es de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, pero los requisitos son los mismos en toda España) :

HOJA INFORMATIVA:

http://www.bcn.cat/novaciutadania/pdf/ca/assesoria/tramits/48.pdf


IMPRESO EX-16:

http://www.bcn.cat/novaciutadania/pdf/es/assesoria/tramits/ex16_es.pdf


Desde que presentes la solicitud junto con los documentos, la Administración tiene un plazo de 3 meses para resolver, aunque suelen demorar entre un mes y mes y medio (nunca llegan ni se pasan de los 3 meses, como muchas veces sucede en régimen general). Cuando se te conceda la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, sus efectos se retrotraerán al momento de la presentación de la solicitud, que será la fecha que tendrás que contar como inicio de tu residencia en España. Luego, tendrás que poner las huellas digitales para que te sea expedida la tarjeta y abonar la tasa (10,20 euros) en cualquier banco o caja de ahorros. La tarjeta demora alrededor de un mes en estar lista, pero ya con el resguardo que te den, donde venga atribuido el Número de Identificación de Extranjero, NIE, ya podrás circular y hacer tus actividades sin problemas (al menos, en teoría, por expresa disposición de Derecho Comunitario, transpuesta al ordenamiento español, no debería nadie obstaculizar que ejerzas tus derechos como beneficiario del régimen comunitario).

Un cordial saludo.

Tarjeta de residencia por matrimonio
29/04/2011 13:09
hola muy buenas, queria saber que puedo hacer mi tarjeta de de recidencia,, .el 15 de abril me he casado con mi chica que es espanola yo mexicano y el dia de la boda solo me dieron el libro de familia y nada mas ni un certificado de matrimonio ni nada hasta ahora llevo 5 anos de manera ilegal en espana y quisiera arreglar mi situacion ,, alguien me podria explicar que es lo que tengo que hacer ,,, ,muchas gracias por sus respuestas
eguro me seran de mucha ayuda saludos