hola
quiero saber desde que momento empieza a contar la residencia del familiar de comunitario. y tambien quisiera saber si es verdad que si a mi familiar le toca cambiar su dni el proximo año a mi tambien me tocaria y a donde nos corresponderia ir. muchas gracias, exitos, y una feliz navidad conde de cartagena!
A) Desde el 27 de noviembre de 2011: si se vino desde el extranjero, siendo ya familiar de ciudadano de la Unión, desde la fecha de entrada en España.
Si la calidad de familiar de ciudadano de la Unión se la adquirió dentro de España, desde la fecha de presentación de la solicitud.
B) Antes del 27 de noviembre de 2011: desde la fecha de presentación de la solicitud.
No indica usted ni la nacionalidad de su familiar, ni el vínculo que mantiene con usted. Si fuera español, el hecho de que cambie de DNI no implica que usted deba solicitar una nueva tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Si a usted le correspondiera, en cambio, renovar y obtener una tarjeta ya con derecho a residir con carácter permanente, debe hacerlo dentro del plazo establecido para el régimen comunitario: dentro del mes anterior a la caducidad o hasta dentro de 3 meses siguientes a la caducidad.