Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Tarjeta de larga duracion ce

12 Comentarios
 
Tarjeta de larga duracion ce
10/01/2011 21:51
Hola necesito saber que requisitos se necesitan para cambiar mi tarjeta comunitaria permanente hasta el 2017 , por la tarjeta de larga duracion ce , para poder trabajar en estocolmo , y que tasas y el modelo tengo que rellenar creo que es el x-00 y los requisitos que necesito me lo podrias indicar muchas gracias
11/01/2011 02:58
Hola. No indica usted específicamente el tipo de permiso de residencia que tiene actualmente.

Pero de lo que leo, deduzco que usted tiene actualmente un permiso de residencia permanente (actualmente llamada de larga duración) en España y quiere cambiarla a residencia de larga duración CE. Si es este el caso, el impreso es el EX-00 y debe marcar el apartado que dice LARGA DURACIÓN -CE / Directiva 2003/109 CE, en original y copia. Debe adjuntar, además:

1.- Original y copia de pasaporte completo.
2.- Original y copia de tarjeta de residencia actual.
3.- Comprobante de pago de la tasa.
4.- Certificado de convivencia actualizado.
5.- Documentos que acrediten disponibilidad de recursos económicos fijos y regulares, suficiente para su sustento y el de los miembros de su familia a su cargo.
6.- Documentación que acredite que dispone de seguro médico.

Debe pedir cita previa en la página web del Ministerio de la Presidencia : www.mpr.es. Cuando le resuelvan y tenga la tarjeta que diga RESIDENTE DE LARGA DURACIÓN - CE, puede con ella irse a vivir y trabajar en otro Estado miembro de la Unión Europea, excepto Dinamarca, Reino Unido e Irlanda. Para ello deberá solicitar que ese Estado le reconozca como segundo Estado el estatuto de residencia de larga duración que le ha reconocido España; puede presentar la solicitud, si ese país lo permite, por medio de su misión diplomática en España o ya estando allá, pero deberá acreditar que dispone de una oferta de trabajo.

Si en cambio su caso fuese (otra lectura que se me ocurre), que usted es titular de un permiso de residencia comunitario por ser pariente de un ciudadano de la Unión y tiene derecho a residir en España de forma permanente, en este caso, no es procedente la solicitud, porque la residencia de larga duración CE está concebida para el régimen general, no para el régimen comunitario, al que usted de pleno derecho se hallaría sujeto por su vínculo familiar con el ciudadano de la Unión. En este caso, usted podrá irse a otro Estado miembro, pero siempre acompañando a su familiar comunitario, que es quien puede ejercer el derecho a establecerse libremente en otro Estado miembro, entonces usted como acompañante, tendrá derecho a que le den en ese país una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, luego de que su familiar se haya inscrito en el registro de extranjeros de ese país.

Un cordial saludo y suerte.
11/01/2011 09:33
Muchas gracias por la informacion , si soy comunitario por estar casado con espaöola , un saludo
11/01/2011 11:46
Hola. Si es ese su caso, no puede solicitar la residencia de larga duración CE, porque se halla cobijado por el régimen general. Puede circular por el Espacio Schengen como turista. Si quiere irse a trabajar a Suecia, tendrá que hacerlo junto con su cónyuge y ser ella quien solicite primero su inscripción en el registro de extranjeros de ese país, en régimen comunitario, para que usted se vea también beneficiado del derecho a residir y trabajar ahí, en razón de ser cónyuge de una ciudadana de la Unión, que ha ejercido su derecho a circular y establecerse en otro Estado miembro y a quien usted acompaña. Recuerde que su derecho no lo tiene de modo originario, sino derivado en razón de su vínculo matrimonial con ella (ella es la ciudadana de la Unión Europea, no usted), de modo que en tal virtud es indispensable que sea ella quien tome parte activa, para que usted se vea beneficiado de la situación.

Un cordial saludo y suerte.
11/01/2011 12:20
muchas gracias por las respuestas , quisiera hacer entoces otra consulta , en estocolmo me ofrecieron un contrato de trabajo yo tengo la tarjeta comunitaria de larga duracion por estar casado con una espaöola tendre algun problema en poder trbajar alli? , mi esposa no vive en estocolmo vive en madrid por motivos de trabajo , yo me voy a ir porque me ofrecieron trabajo es correcto trabajar con mi tarjeta comunitaria permanente ?ya que no la puedo cambiar por la de larga duracion ce muchas gracias
11/01/2011 16:28
Hola. Si usted ha adquirido el derecho a residir de forma permanente en España y se va a trabajar a Suecia, le sirve este hecho a efectos de que no se vea interrumpida su residencia en España por el hecho de trasladarse a trabajar a Suecia (es decir, su tarjeta no caducará, aunque pase más de seis meses fuera, porque estaría trabajando en otro país miembro de la Unión Europea). Pero en lo atinente al establecimiento en Suecia, si usted está casado con una ciudadana de la Unión, en principio, debe ir ella con usted, porque presupuesto necesario para que usted pueda obtener su permiso de residencia en Suecia es que ella ejerza su derecho a residir ahí como ciudadana de la Unión (incluso, por lo que se puede leer en las páginas web, este trámite, que en España aún hay que hacerlo presencialmente, en Suecia se lo puede hacer vía telemática). Este es el régimen comunitario. Con todo, puede que exista un régimen especial en su legislación que le pueda ser favorable, en ese caso, le paso información que, creo, puede serle de utilidad, para que lo consulte directamente a las autoridades competentes de Suecia, está todo en inglés:


1.- Le copio una ruta hacia la página web de contacto del Ministerio de Asuntos Exteriores del Reino de Suecia, que está en inglés, donde hay varias direcciones de correo electrónico y teléfonos de contacto para hacer consultas; puede dirigirse a ellos en inglés y exponer su caso con la mayor precisión y detalle posible:

http://www.sweden.gov.se/sb/d/2085

2.- Le paso también la dirección y teléfonos de la Embajada del Reino de Suecia en Madrid, puede también consultarles a ellos :

Embajada de Suecia
Calle Caracas, 25
28010 Madrid
España

Horario de atención telefónica:
Lunes a jueves: 09.00-14.00 y 14.30-17.00
Viernes: 09.00-14.00

Tel: +34-91-702 2000
Fax: 34-91-702 2040
Fax: 34-91-702 2038 ( Sección consular)

E-mail: ambassaden.madrid@foreign.ministry.se

3.- Adicionalmente, le doy el siguiente link una página web sueca, a la que redirige el Ministerio de Asuntos Exteriores de Suecia, que está originalmente en sueco, pero puede cambiar al inglés:

http://www.migrationsverket.se/info/470_en.html

Un cordial saludo y suerte.
11/01/2011 16:43
Muchisimas gracias por las contestaciones son muy completas y de mucha utilidad , de verdad gracias
20/02/2011 12:06
hola amigos quiero saber si puedo trabajar en suisa con mi tarjeta de larga duracion ce yq procedimeinto devo segui aqui en españa
18/12/2012 11:15
Hola,me llamo bahía ,soy de nacionalidad marroquí,actualmente vivo y trabajo en España .tengo la tarjeta de larga duración y estoy pensando en hacer el cambio a la tarjeta de larga duración ce.porque tengo la intención de ir a trabajar y vivir por lo mínimo un par de años por Suecia y otros países. el problema esque no se hasta que punto me puede perjudicar o no, salir de España porque quiero conseguir la nacionalidad española ya que en el futuro me gustaría fijar difinirivamente mi residencia en el territorio español.pero para ello todavía me quedan unos 4años...y yo quiero viajar descubrir nuevas culturas visitar nuevos países ,en resumen vivir y trabajar por la Unión europea.mi pregunta es lo siguiente:
Perdería mi derecho a la nacionalidad por residencia en españa ,si paso los últimos años
viviendo y trabajando en otro país de la Unión europea?Y y si es el caso que podría hacer para evitarlo?!
18/12/2012 13:14
Hola.

La residencia en España, a efectos de poder solicitar la nacionalidad española, debe haber sido CONTINUADA, esto es, sin que se haya producido interrupción. Y produce interrupción:

A) En el caso de que fuera titular de una autorización de residencia de larga duración-UE: solicitar el reconocimiento del estatuto de residente de larga duración-UE, en otro Estado miembro, porque eso produce, ipso iure, la pérdida de tal estatuto en España.

B) Permanecer fuera del territorio de la Unión Europea por más de 12 meses consecutivos: esto produce la extinción de la autorización de residencia de larga duración o de larga duración-UE. Aunque se la puede recuperar con relativa facilidad, la continuidad habrá quedado afectada, pues se producirá una interrupción.

En su caso, si es nacional de Marruecos, se le exigen 10 años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.

Un cordial saludo.
17/01/2013 09:42
Hola quisiera saber si puedo cambiar mi tarjeta de larga duracion a una de larga duracion ce lo que pasa es que mi tarjeta caduca hsta el 2015 no se si podria hacerlo ahora y si tambien habria algun problema porque soy reagrupada aunque yo trabajo y cotizo aparte de mi padre.
27/04/2014 21:03
Buenas
soy ciudadano marroqui casado con una espagnola menos de 2 anos y tengo tarjeta d 5 anos
la pregunta es se puedo hacer la tarjeta de larga duracion ce,?
gracias
28/04/2014 17:40
Hola.

Si está en régimen comunitario, no puede cambiar a larga duración UE, porque esta última es de régimen general.

Un cordial saludo.