Para la autorización de residencia de larga duración -UE, sirve hallarse trabajando o cobrando prestación contributiva de desempleo, así como también disponer de recursos propios suficientes y regulares.
En cambio, no sirven recursos procedentes de la asistencia social del Estado.
En cuanto al seguro médico, sirve el público.
SUGERENCIA.- Primero obtenga algo seguro: la autorización de residencia de larga duración simple, para la que basta haber residido en España de manera legal y continuada durante 5 años. Y una vez que ya la tenga, entonces solicite la de larga duración-UE.
Debo renovar mi permiso de residencia y trabajo, será mi tercera tarjeta por lo que tengo entendido que puedo solicitar la tarjeta de larga de duración, para la cual, según me dicen en la Subdelegación del Gobierno Civil, necesito formulario cumplimentado, copia de la tarjeta vigente, pasaporte y certificado de empadronamiento.
Ahora mi pregunta es: Si quiero acceder a la tarjeta de larga duración CE, me vale como medios económicos, presentar la ayuda que recibo del Plan Prepara? el subsidio de desempleo una vez agotada la prestación por desempleo?
Si no me vale, puede mi pareja, que reside en el extranjero, firmar un documento conforme se hace responsable de mis gastos y manutención? porque quiero irme a vivir a Holanda.
Y tercero, como seguro de salud me sirve la tarjeta sanitaria pública que tiene fecha de caducidad a la par con mi permiso de residencia y trabajo?