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Tarjeta de familiar comunitario pareja de hecho

1 Comentarios
 
Tarjeta de familiar comunitario pareja de hecho
29/11/2021 23:05
En el registro de uniones estables de Pareja de Cataluña han practicado la inscripción de una pareja de hecho que llevan tres años de convivencia, a pesar de que un miembro de la pareja esta separado legalmente de su anterior conyugue pero todavía no está divorciado. ¿Puede solicitarse en la Oficina de Extranjería la Tarjeta de Familiar de ciudadano de la UE si tienen el certificado oficial de inscripción como pareja pero uno de ellos es separado, o se le denegaran alegando que un separado sigue casado legalmente hasta que se divorcie?
30/11/2021 14:47
jalpardo
Hola:

De acuerdo con el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, que transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, A SUS EFECTOS, las situaciones de matrimonio y pareja registrada se entenderán INCOMPATIBLES ENTRE SÍ.

Un matrimonio no disuelto por divorcio es en todo caso un matrimonio vigente, aunque los cónyuges estén separados legalmente o de hecho. El Código Civil de Cataluña permite la constitución de la unión de pareja estable entre personas que estén casadas y separadas. Pero eso es sólo a los efectos previstos en el Código Civil de Cataluña, pero en materia de Extranjería, a los efectos de solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión por parte de un extranjero extracomunitario pareja registrada de un español, rige lo previsto en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, por lo que al producirse una incompatibilidad entre una situación de matrimonio y pareja de hecho registrada, no será posible conceder la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.