Tengo una pregunta, yo y mi novio el español, hicimos nuestros concubinato (pareja de hecho) en Venezuela hace más de una año lo tengo acá en España apostillado, ahora mismo yo estoy en España en situación irregular, mi pregunta es. Podemos registrar la pareja de hecho en Las Islas Canarias y obtener mi tarjeta de ciudadano comunitario?
1.- Si usted formalizó el concubinato, de acuerdo con la legislación de su país y ha transcurrido más de un año desde esa formalización y durante ese tiempo, efectivamente, convivió con su pareja en su país, usted puede solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión acogiéndose al supuesto de PAREJA ESTABLE ( distinto del de PAREJA REGISTRADA), previsto en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero. La diferencia fundamental es que en el supuesto de pareja registrada es suficiente con aportar el certificado de inscripción en el Registro Público establecido para el efecto en cualquiera de los Estados parte de la Unión Europea; en cambio, en el supuesto de pareja estable, hay que probar fundamentalmente la ESTABILIDAD de la relación, para cuya prueba pueden los interesados aportar cualquier medio de prueba admitido en Derecho, si bien se considera suficientemente probado si se demuestra que han convivido como pareja al menos durante 12 meses o si tienen descendencia en común ( pero si no están en alguno de esos dos supuestos, no siginfica que no puedan solicitarlo, solo que la prueba deberá ser más exhaustiva).
En su caso, tendría que aportar, además del documento público extranjero con la Apostilla de La Haya que pruebe la formalización de la unión de hecho o concubinato de acuerdo con la legislación del país de procedencia, cualquier documento o conjunto de documentos que prueben que su pareja, ciudadano de la Unión, efectivamente, convivía con usted en el país de procedencia ( puede ser un contrato de arrendamiento de vivienda a nombre de ambos o recibos de pago a nombre de ambos; título de propiedad de vivienda a nombre de ambos o de alguno de los dos; si su pareja no era nacional de su país, documento que pruebe que era residente legal en ese país durante el tiempo que residió en él junto a usted o si nunca lo tuvo, certificado de inscripción en la matrícula consular del consular de España; recibos de pago de servicios básicos en ese país a nombre de ambos; cuenta bancaria a nombre de ambos, etc.) .
2.- No obstante lo anterior, si usted puede solicitar su inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Canarias si cumple con los requisitos establecidos en la Ley 5/2003, de 6 de marzo, para la regulación de las parejas de hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias y en el Decreto 60/2004, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Parejas de Hecho de Canarias, modificado por Decreto 28/2015, de 19 de marzo. Se le requiere que aporten ambos certificados de estado civil ( el español es la fe de vida y estado; el extranjero el que expida el país de origen de acuerdo con su legislación, debidamente legalizado o apostillado, según sea el caso y también traducido al castellano por traductor jurado si está redactado en idioma distinto del castellano).
Cuando haya obtenido la inscripción en el Registro de Parejas Estables de Canarias y tenga en su poder el certificado de inscripción correspondiente, podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
En todo caso, siempre será necesario que su pareja esté trabajando por cuenta ajena o propia, sea estudiante matriculado para cursar estudios en España o cuente con recursos económicos propios suficientesy seguro médico.
He ido, a él registro civil de Tenerife y me dijeron que allí no es, fui al ayuntamiento y me mandaron para el cabildo, pero nadie me da respuestas. Nosotros tenemos el documento de pareja de hecho debidamente legalizado y apostillado, no entiendo muy bien la diferencia con pareja estable.