Hola. tengo una tarjeta comunitaria, que adquirí por estar casada con un español. Ya he presentado los papeles de la nacionalidad, ya que llevo residiendo en España 8 años en régimen de estancia por estudios. Por motivos laborales de mi esposo, queremos trasladarnos a un país fuera de la comunidad europea.
mis dudad son ,
1- Incidirá mi ausencia de España en el trámite de la nacionalidad.
2- Cuanto tiempo puedo estar fuera sin que se caduque la tarjeta por ausencia.
3- En caso de querer justificar la ausencia de España, por estudio o trabajo, como se ha de justificar y ante que organismo.
4- Es legal que en el momento de querer entrar a España, después de estar mas de 6 meses fuera, me nieguen la entrada, por mi nacionalidad, estoy sujeta a la tramitación de visado.
le agradezco de antemano, su respuesta.
Un cordial saludo.
Hola. Si se la acaban de conceder, todavía queda camino por recorrer. Podría empezar por solicitar la nacionalidad española por residencia, que al ser mexicana le bastan dos años de residencia.
Si le sale alguna oferta de trabajo, tendría que solicitar una autorización para trabajar.
Llegado el momento de la renovación, ya será mayor de edad. Pero puede solicitar, a efectos de mantener siempre la legalidad de su permanencia, en el caso de que por entonces no cuente con un contrato de trabajo o no haya sido todavía resuelta la nacionalidad española por residencia, la renovación como simple residencia no lucrativa, indicando que vive a cargo de usted.
Acaban de darle la primera renovación temporal por dos años. Ahora bien, cuando tenga que renovarla ¿cómo le haremos? porque yo ya tengo la nacionalidad española y no podré hacer el trámite como hemos hecho hasta ahora... y bueno ella sólo quiere trabajar durante las vacaciones.
Gracias por la respuesta.
Hola. No, porque no es su descendiente directa y por ese motivo, no se le puede aplicar el régimen comunitario. Tanto que, aunque usted la trajo consigo, no se le pudo aplicar el régimen comunitario (lo que sí hubiera sido procedente en el caso de que hubiera sido su hija, pues a los hijos menores de 21 años de los cónyuges de españoles sí se les hace extensivo el régimen comunitario) y por eso, la joven se encuentra en régimen general, entiendo que, formalmente, bajo dependencia económica de usted.
Si tiene actualmente la temporal primera renovación no lucrativa y le corresponde ya obtener la temporal segunda renovación y desea trabajar, puede solicitar autorización administrativa para trabajar. En el caso de ella, al ser ya residente en España, no se debe considerar la situación nacional de empleo. Pero para tramitar la autorización administrativa para trabajar, requerirá de una oferta de trabajo o acreditar que iniciará una actividad económica por cuenta propia.
Hola, tengo una sobrina que vive conmigo a punto de cumplir 18 años y en primero de universidad, soy su tutora legal porque ella es huérfana (sentencia judicial de México). Tiene su tarjeta de residencia en régimen general donde le ponen "temporal primera renovación no autoriza trabajar". Bien esa tarjeta la tramitamos cuando yo estaba en regimen comunitario (por estar casada con español) y la reagrupé a ella. Hace poco me concedieron la nacionalidad española. Así que ahora me gustaria tramitar una tarjeta comunitaria para ella, para que así pueda residir y trabajar aquí. Pueda tramitarle la comunitaria siendo su tutora legal y con la nacionalidad española? o que otra opción tenemos para evitar que en su tarjeta le impida trabajar? Gracias por su respuesta
tengo la tarjeta comunitaria por 5 años pero sin permiso de trabajo me han dicho que si puedo trabajar por horas pero estoy en duda me lo podrian confirmar ademas mi mujer es española pero hasta el 2012 no tengo cita para areglar los papeles que me permitan trabajar que puedo hacer gracias