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tarjeta comunitaria

8 Comentarios
 
13/09/2013 11:11
Gracias por la informacion
tambien quisiera saber si en caso de que me denieguen la tarjeta comunitaria podria pedir la permanente para no quedarme sin papeles?
09/09/2013 11:07
Hola.

Su pregunta ya ha sido contestada líneas arriba. No puede ser contratada en otro país europeo con la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión expedida en España. Esa tarjeta ha sido expedida para residir EN ESPAÑA y SOLO EN ESPAÑA. Y por tanto, solo le permite trabajar en España. Si la contratan para trabajar en otro Estado miembro, si va sola, sin la persona que le da derecho al régimen comunitario en España, deberá sujetarse a la normativa general de Extranjería del país de destino. Y debe tener en cuenta que, si permanece fuera de España más de 6 meses en un año, la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, caduca por ausencia.

Como se dijo anteriormente, usted no tiene un derecho autónomo o independiente de residencia en España, sino que depende del de la persona que es ciudadana de la Unión Europea y que le hace extensivo el derecho a usted por ser miembro de su familia. Por tanto, su derecho siempre dependerá de él: si es español, no hay problema alguno, pues él es nacional y tiene derecho a residir en España sin problemas. Pero, si se marcha a otro Estado miembro, primeramente deberá ejercer formalmente su derecho a residir en ese Estado miembro para que usted pueda solicitar una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en ese Estado (hasta tanto, pueden ambos residir, pero no tendrá documento alguno que formalmente reconozca el ejercicio de ese derecho de residencia).

En cuanto a la apertura de cuentas bancarias, depende de lo que establezca la normativa sobre la materia del otro Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado no miembro (como Andorra, por ejemplo, que sí lo permite).

Un cordial saludo.
09/09/2013 00:55
Me gustaria saber tambien si salgo fuera de españa y alguna empresa me contratara com mi tarjeta comunitaria...podria trabajar?
y si con la tarjeta comunitaria se puede abrir una cuenta en el banco fuera de españa

Gracias
08/09/2013 20:18
Me gustaria saber tambien si salgo fuera de españa y alguna empresa me contratara com mi tarjeta comunitaria...podria trabajar?
y si con la tarjeta comunitaria se puede abrir una cuenta en el banco fuera de españa:
Gracias
08/09/2013 17:43
Me gustaria saber tambien si salgo fuera de españa y alguna empresa me contratara com mi tarjeta comunitaria...podria trabajar?
08/09/2013 17:43
Hola.

El plazo para solicitar cualquier renovación o modificación, es dentro de los 60 días anteriores a la caducidad. También se puede solicitar dentro de los tres meses siguientes, si bien en este caso, hay riesgo de que se incoe un expediente administrativo sancionador, que en la práctica no suele darse, aunque cabe la posibilidad. En todo caso, si solicitó la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión luego de dos meses de haberse caducado su anterior autorización, esta autorización vio sus efectos prorrogados hasta que sea resuelta la solicitud por usted presentada, de tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

Si no le imponen ninguna multa, no debe pagarla. Para que se la impongan, debe serle incoado el respectivo expediente administrativo sancionador y dictarse resolución. Pero si no hay expediente, no hay posibilidad alguna de imponer sanción.

Si es de nacionalidad congoleña, deberá cumplir 10 años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, para poder solicitar la nacionalidad española por residencia.

Un cordial saludo.
08/09/2013 17:28
Muchas gracias por la respuesta
tambien quisiera informarme...se me caducó el NIE y no lo pude renovar porque no tenia el pasaporte en vigor asi que hice la renovación 2 meses despues de que me caducara y pedi la tarjeta comunitaria quisiera saber si no tendre que pagar ninguna sanción.Por cierto tengo nacionalidad congoleña. Gracias
08/09/2013 17:09
Hola.

1.- Sí, por supuesto, con tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión se puede trabajar, bien por cuenta ajena, bien por cuenta propia.

2.- Si se quisiera ir a trabajar fuera de España, a otro Estado miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza, en régimen comunitario, es necesario que lo haga acompañando o yendo a reunirse con su progenitor, quien primeramente deberá haber ejercido su derecho de residencia en el Estado miembro de destino, para que a partir de ahí, pueda usted beneficiarse. Recuerde que los familiares de ciudadano de la Unión no tienen un derecho de residencia autónomo o independiente, sino intrínsecamente vinculado al hecho de ser familiares del ciudadano de la Unión al que acompañan o con quien se reúnen en un Estado miembro, por lo que el derecho de residencia siempre estará condicionado a que el ciudadano de la Unión haya ejercido, efectivamente, el derecho de residencia en otro Estado miembro.

3.- Si usted es nacional de origen de país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardita, puede solicitar la nacionalidad española por residencia con solo haber residido DOS años en España. Si ya los cumple, puede hacerlo y así al nacionalizarse, podrá irse libremente a trabajar a otro Estado miembro, sin tener que estar supeditada a que deba acompañar a su padre.

Un cordial saludo.
Tarjeta comunitaria
08/09/2013 12:10
tengo 21 años y soy hija de un español. Antes tenia el NIE temporal y ahora e pedido la tarjeta comunitaria temporal por ser hija de un español. Quisiera saber si con la comunitaria se puede trabajar en españa y si algun dia quisiera trabajar fuera de españa por ejemplo francia tendria que mudarme ahi con mi padre?? Gracias