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Tarjeta comunitaria

6 Comentarios
 
Tarjeta comunitaria
30/01/2013 17:31
Hola , tengo 2 años consecutivos en colombia viviendo con mi esposo español , tengo la tarjeta comunitaria, tendre prblemas al regresar a españa? cuanto tiempo puedo estar viviendo fuera del pais? que debo hacer? ambos estamos en colombia desde ese entonces.
Gracias
30/01/2013 20:20
Hola.

1.- Su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión HA CADUCADO POR AUSENCIA.

2.- La caducidad por ausencia se produce IPSO IURE, por el ministerio de la ley, no es necesaria declaración alguna de la Administración para que se produzca y en todo caso, la que se pudiera llegar a hacer, solo será de confirmación.

3.- El tiempo máximo que una persona titular de una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión puede estar fuera de España es de 6 meses en un año. Hay excepciones que permiten estar hasta 12 meses fuera, tales como prestación de servicio militar, estudios, embarazo, parto, puerperio, estudios y que, en todo caso, deben alegarse y acreditarse documentalmente.

Con la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, puede darse la paradoja de que, nominalmente esté en vigor, pero materialmente esté caducada por ausencia. Y desde luego, la continuidad del tiempo de residencia, a efectos del cómputo para la nacionalidad española, si se tiene interés en solicitarla, se ve afectada.

Lo anterior, sin embargo, rige respecto de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión TEMPORAL INICIAL (que tiene una validez de 5 años). Cuando se trata de tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión con derecho a residir con carácter permanente (10 años de validez), se puede permanecer hasta dos años fuera de España, sin que se vea afectada la vigencia de la tarjeta.

En su caso, si desea volver a España, deberá solicitar una visa, para poder cruzar la frontera española y dentro de España, volver a solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, que comenzará otra vez a correr desde 0. No la dejarán salir de su país hacia España, por haber permanecido más del tiempo máximo posible fuera. E igualmente, los transportistas no le permitirían embarcar en el vuelo con destino a España, para no correr riesgo de sanción.

Un cordial saludo.
30/01/2013 20:35
Hola. ante todo le doy 5 estrellas al foro. Excelente para las dudas.
Yo tengo una pregunta. Mi novio y yo tenemos la cita para la tarjeta de familiar comunitario (el es italiano y yo venezolana) la cuestion es la siguiente.
La cita la tenemos el día 24 de Abril. Luego de esto yo tengo que viajar a Venezuela por 3 meses mas o menos.

Qué problema me puede traer el que yo no esté en españa al momento de que me notifiquen para ir a poner las huellas digitales???

Muchas gracias....
30/01/2013 21:06
Otra cosa. Luego de la solicitud mas o menos en cuanto tiempo me avisan para poner las huellas?
Cómo me notifican por correo normal o correo electrónico?
Puedo salir y entrar a españa con el comprobante que me dan el día de la cita?

Me preocupa mucho esto porque tengo la solicitud del NIE aprobada desde hace mas de un mes, pero aun no me ha llegado. Tengo practicamente una año (desde mayo 2012) esperando por el NIE, que además se vence en JULIO

Muchas gracias
31/01/2013 21:41
hola! Muchas gracias por la respuesta , de hecho en junio cumpliremos 3 años de casados y 2 de residir en Colombia , y tal y como esta la situacion en españa nos quedaremos viviendo en Colombia , entonces, sacare mi visado para ingresar al pais y arreglar nuevamente mi situacion alla , pero que pasara con mi futuro? si ninguno de los dos iremos a vivir a españa por un tiempo largo , la razon de mi viaje es que me comprare un piso en barcelona , eso no cuenta para algo? me obligan a vivir en españa pero no hay trabajo para ninguno de los dos y en Colombia tenemos una empresa solvente. No se que hacer.
Gracias
01/02/2013 00:39
Hola.

No hay obligación para nadie de vivir en España si no quiere. Solo que, las autorizaciones de residencia a extranjeros, son precisamente para que residan en España por más de 6 meses al año. Pero si se vive fuera de España, es razonable que se produzca la extinción en el caso del régimen general o la caducidad por ausencia, en el caso de los beneficiarios del régimen comunitario (los beneficiarios del régimen comunitario, por ser familiares de comunitarios, no tienen el derecho de modo originario, sino dependiente del comunitario y condicionado al hecho de acompañarlo o venir a reunirse con él en España).

Ser propietario de un inmueble en España, por ahora, no es suficiente para que una persona pueda obtener una autorización de residencia. Se ha propuesto que permita obtener una autorización de residencia, pero de momento, es solo una posibilidad, ni tan siquiera un proyecto de reforma legal o reglamentaria.

Usted sola en España no podrá solicitar tarjeta de residencia como ciudadano de la Unión. Es necesario que su cónyuge viva con usted en España.

Un cordial saludo.
17/02/2013 01:43
hola, una consulta. Actualmente me encuentro en mi país, pero cuando estuve en España dejé tramitando la solicitud de tarjeta comunitaria (que solicité mediante Formulario EX-19) y me informan que me han notificado la resolución que acepta la expedición de la tarjeta y que me dan el plazo de un mes para presentarme. Sin embargo, yo no podré asistir pues recién viajaré a España en mayo. Se puede hacer algo para que posterguen la fecha para presentarme ya que recién estaré en España en mayo, qué sucede si no me presentó dentro del plazo otorgado?
Gracias.