También hay un dicho falso de que "el de arriba tiene que hacer el muro". Falso.
Tú en teoría, NO estás obligado a hacer nada. Eso sí, no debes dejar caer tierras sobre tus predios vecinos.
Si se ha de hacer un muro y lo pagáis a medias, la mitad del muro en el linde (entre hitos si hay).
Si lo paga uno (por lo suyo) y el muro es del que lo hizo.
Yo te cuento que tuve que hacer el muro de la riba superior de mi vecino. Pero me fui al linde. Nada de medianero. El muro es mío y su superficie también.
Así que vete con ojo que hay mucho espabilado.
En mi caso tengo una parcela que linda con varios vecinos y ninguno de ellos quería hacer nada (excusas, no tengo dinero, bla, bla,,,,) así q los tuve q hacer todos. Eso sí son míos.
Lo que pasa es que si se cae, o deteriora el muro, el de arriba va ha estar tranquilo, pasará de todo y tu preocupado. …….
Buenas tardes, disponemos de una finca rústica con muro de contención realizado por nosotros (de 6 metros de altura) y nuestra finca es la superior.
Se consultó al vecino de la finca inferior si podíamos hacer una baranda de obra hacia su terreno de 1 metro de altura aproximadamente, ya que la valla que teníamos no era por segura y él mismo nos dió permiso.
Ahora que ya está hecha la baranda dice que no, que es ilegal y que la quitemos. Le hemos dicho que vamos a poner un supletorio de tela metálica encima para que se más alta, ya que no se ha hecho para asomarnos a subterreno, sino por seguridad, e insiste que no.
Si está construida sobre nuestro muro y dentro de nuestro terreno, ¿es legal la baranda si aumebtamos su altura con una valla fija?
Muchas gracias
Se me olvidaba comentar, que se ha hecho una baranda para que el aire pase entre los balaustres y no caiga al terreno del vecino, ya que nosotros queríamos hacer una continuación del muro pero nos dió miedo que el aire lo tirase abajo y ocurriese una desgracia.
Información que se le dijo en su momento al vecino.
Muchas gracias.
Para saber si es correcto o no, te tienes que ir a la normativa urbanística en la zona. Si hay un Plan Parcial aprobado o una norma concreta. Pregunta en tu Ayuntamiento.
Suele permitirse una altura de unos 1,5 m de muro más 1,5 m de valla medido desde el nivel natural del terreno del predio superior (si el muro es del de arriba) o desde abajo si lo es del inferior. Pero como te digo pregunta en tu ayuntamiento.
El problema de estos casos es que te acabe denunciando pues, supongo que no tendrás licencia de obras, con lo que te arriesgas a una denuncia de tu vecino. Si lo que has hecho es legalizable según la normativa urbanística pues es legalizar, pagar y listo. Si no, te obligarán a demolerlo. Así que ve con ojo.
Buenas tardes,
Mi caso es parecido al de muchos. Acabo de comprar un terreno, es el de arriba. Hemos hecho levantamiento de finca con plano georeferenciado de coordenadas. Lo hemos adjuntado a escritura de cv porque no coincide con catastro. Hemos presentado solicitud en catastro para la modificación. Tenemos la licencia por parte del ayuntamiento del cercado perimetral provisional para delimitar la finca con los planos. Una vez hemos empezado a cercar, ya están los postes puestos, el vecino de abajo me ha denunciado por ocupar su linde. Dice que el talud es suyo a pesar de tener yo el plano geolocalizado firmado por un arquitecto técnico. En el ayuntamiento me dicen que no me preocupe, también el arquitecto, porque lo he hecho todo legal. Estoy haciendo lo correcto? No he construido muro, solo postes para la vaya. Gracias