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tácita reconducción

1 Comentarios
 
perfil Jan
24/09/2007 17:22
Hola Chus Robledo.Si la sentencia ha establecido que el contrato NO se rige por la LAU 1964 sino por el Código Civil hay 2 opciones:

1) Intentar demostrar que NO se dieron los requisitos exigidos para que operase la Tácita Reconducción.

2) Estudiar el contrato para determinar la DURACIÓN de la tácita reconducción(anual,mensual o diaria).

Reciba un cordial saludo.
Tácita reconducción
24/09/2007 12:58
Interpuse demanda solicitando resolución de contrato de arrendamiento en base a la LAU 1964, denegando la prórroga forzosa y la sentencia ha sido desestimatoria por considerar el contrato de temporada y por tanto sometido al Código Civil. Ahora con dicha resolución y el requerimiento previo que hice antes de su interposición ¿podría utilizarse lo antedicho como el requerimiento que se necesita para que no surja la tácita reconducción, porque ello acredita la no aquiescencia del arrendador para seguir con el arrendamiento?