Hola a todos! Me dirijo a ustedes con el fin de que me orienten un poco en estos temas. Debo confenar que lo numeros no son mi fuerte.
Mi situación es esta. Tengo un contrato como socorrista sólamente para la temporada de verano ( 3 meses ), me ofrecían 1500 eur liquidos trabajando 8 horas al dia durante los siete dias de la semana.
La comunidad de vecinos para la que trabajo es la que me da de alta en la SS.
El caso es que al final solo trabajo de lunes a viernes y han contratado un socorrista para los fines de semana por lo que esos 1500 serán compartidos por los dos.
Mi duda es que si a él le dan de alta tb supongo que se desgravará de esos 1500 y me gustaria saber por tanto cuánto dinero percibiremos cada uno a fin de mes.
GS Granada, muchas gracias por tomarte tantas molestias por mí (madre mía, me has puestos los tramos y todo!)
Ahora ya me ha quedado todo claro. Es que yo todavía tenía en mi mente el tema de las antiguas tablas y, claro, así era imposible que me cuadrara nada, no sabía que habían hecho tablas escalonadas. Ufffffffff, voy a tener que hacer prácticas de nóminas pero como que YA.
Un saludo a todos y gracias de nuevo, este foro es genial.
Vamos a ver Albamar, que por cierto, tienes un nombre precioso.
Aunque no das todos los parámetros, y teniendo presente de que ya un compañero te ha adelantado algo, te informo de que sí existen reglas, tablas y escalones. Otra cosa sería que se buscara una escala por tramos reducidos como la que antaño existía.
1. La regulación de las retenciones para el ejercicio de 2005, año anterior y correspondiente al que ahora en el periodo tenemos la obligación de liquidar, se encuentra en el Real Decreto 2347/2004, de 23 de diciembre, BOE 24-12-2004 y efectos de primeros de 2005. En este decreto, se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio.
2. En esta norma y para tu caso concreto tiene la escala que más abajo paso por paso expreso, para una situación de soltera, con contrato indefinido y en euros:
a) Salario bruto de 25.535
b) Deducción S.Social -1.623
c) Deducción mínimo personal -3.400
d) Ded. trabajo personal (escala) -2.400
e) Base computable 18.114
1. Primer tramo( 4.080 x 15%) 612’00
2. Segundo tramo ( 9.996 x 24%) 2.399’04
3. Resto tramo( 4.038 x 28%) 1.130,64
Sumas (18.114) 4.141’68 ;
4.141’68 /18.114 x 100 = 16,2196% Retención.
Luego el coeficiente sería, el 16,2196, pero redondeado aquí por defecto, inferior, el 16%.
Pues bien, si multiplicamos los 18,114 al 16%, la retención estaría cifrada en 4.085,60€, cuando las necesidades eran de 4141’68 y ello determina una falta de 56,08€ al hacer la hipotética declaración.
En fin, ha sido mi intención complacerte y ayudar a comprender al resto del personal.
Pues muy sencillo, porque el porcentaje de retención a cuenta es redondo y, además, en el caso de tener que regularizar durante el año en el caso de que existan cambios (ingresos, gastos, situación personal) juegan una serie de límites que pueden provocar tembién cierta desviación, mientras que el tipo de retención teórico y que corresponde a lo que luego te tocará pagar (descontando lo ya retenido a cuenta, y considerando que tus únicos ingresos, gastos y retenciones sean las que provengan del trabajo) es con centésimas (imagina, una retención teórica del 16,49% te queda redondeada a la baja en un 16%, pero tu carga fiscal real es del 16'49).
Si encima realizas más de una actividad o cambias de empresa durante el año, la diferencia puese ser aún mayor.
Bueno chicos, creo que ya he averiguado lo que pasaba.
Todos teníais razón.
El porcentaje descontado es correcto y ahora he probado lo que me decía angelm23 y el resultado ya me parece un poco más lógico.
En el simulador de H.P. no te pide el descuento que te han aplicado de IRPF, por lo que sólo hay que introducir los datos de Salario Bruto y Seguridad Social, y al resultado (que a mí me da unos 4300 €) hay que descontar todo el IRPF que han descontado en las nóminas durante el año. Por lo que, aquí tenía razón GS Granada, me saldrán a pagar ciento y pico de euros.
Lo que sigo sin entender es que, si tan ajustado está el programa de nóminas, salga diferencia a favor (como no???) de la H.P.
Pero bueno, ese ya es otro tema.
Por lo menos ya me he quitado el susto de encima.
SE refiere sin duda a las tablas por tramos, las que sirven para saber el tipo a aplicar para pagar al hacer la declaración de la Renta a año vencido. Las que vienen en el librito de instrucciones. Pero eso NO son las tablas de retenciones.
Me parece poco 16%, quizá yo gané algo más, no tengo por ahí a mano el certificado de empresa.
Te descargas el programa y metes fecha de nacimiento, situación personal - da tres opciones - si hijos y edad, y sueldo bruto y lo que has cotizado a la S.Social, que te lo descuenta el programa del sueldo bruto. Creo que nada más.
Si te da 3100 de cuota habrá que descontar lo ya pagado. Si no, es imposible a un asalariado medio que le de a pagar eso. Imposible. Yo sin la niña he pagado 40 o 50.000 pts a lo sumo. Pero ahora los programas de nómina ajustan más, porque si te sube el sueldo a mitad del año, el programa te sube la retención al mes siguiente.
Hola Albamar.
Si el calculo de la retención de IRPF dice 16% y te sale 3.100€ ha de estar bien. solo que esos 3.100€ son los que te habrán ido descontando, o te descontarán, de cada una de tus nóminas (en cada una la parte proporcional hasta llegar a sumar dicho importe). Es por aquello que no recordamos hasta que nos toca de: "todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos..."
Soy soltera y no tengo hijos.
Llamé a hacienda y me dijeron que en mis condiciones y con mi sueldo bruto anual, el IRPF correspondiente era del 16%.
No sé, yo he llegado a la conclusión de que el simulador de Hacienda está mal, porque no me cuadra nada de lo que me dicen.
En fin, me descargaré el programa para hacer la declaración definitiva y a ver si así salgo de dudas.
Yo el año pasado gané lo mismo y me descontaron el 17%. tengo una hija de seis años, así que no lo veo mal, incluso me parece poco descuento el 16%, no dices los hijos que tienes.
Gracias GS Granada.
Sí, me han descontado un 16%.
Lo que no entiendo es que si me han descontado lo que ellos mismos marcan como correcto, es por qué, aún así, tendré que pagar ciento y pico de euros.
Si te han retenido un 16%, aproximadamente pagarás ciento y pico corto de euros. Si la empresa no te ha descontado ese porcentaje, que "apechugue" con el error.
Es que me he asustado muchísimo porque hoy me han dado el certificado de retenciones y, por curiosidad he entrado en la aeat para hacer la simulación de la Renta del 2005 y, sin considerar absolutamente nada más que la nómina (es decir, sin incluir ningún tipo de gasto adicional tipo hipoteca, planes de pensiones, ni esas cosas), e introduciendo ingresos anuales 26000 €, retención 16% y Seg.Soc. 1622 €, no os lo perdais, me sale que les tengo que pagar : 3100 €. DE POCO NO ME MUERO!!!!!!!
En fin, sabiendo que el porcentaje de IRPF está bien aplicado (16%) ya me quedo más tranquila. Supongo que ese simulador estará mal.