Buenas tardes
Mi contrato de trabajo (público laboral temporal) tiene preasignado dinero de una cantidad fija para viajes.
En la convocatoria en la que conseguí la plaza había unas tablas con baremos máximos de gastos diarios que ahora no son realistas, la solución que ofrecen desde mi entidad contratante es que lo cofinancies de tu bolsillo.
Tanto es así, que en la convocatoria de 2022 y 2023 han cambiado los límites diarios máximos para utilizar ese dinero, siendo los importes como máximos los establecidos en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo.
Mi pregunta es: ¿Hay jurisprudencia o alguna manera de justificar legalmente al ministerio que actúe como en la última convocatoria o al ser mi plaza de una convocatoria anterior no hay nada que hacer?