Lo sé Paleg, pero siempre ha hablado de "robo", por lo tanto le he contestado como si de robo se tratara, también se podría haber esforzado un poquito y explicar el asunto con algún detalle... y eso que es gratis!
lo puse asi porque pense que ya siendo menos de 400 euros era solo una falta. pero veo que no.
compre un scooter sin documentacion y me denunciaron por robo. como no puedo demostrar que no lo robe yo me achacan el tema a mi. no se como se robo por eso no se si sera hurto o robo. la pregunta es ire a la carcel si me declaran culpable del robo?? por mas que sea menos de 400 euros gracias
A ver, si lo compraste pero no hay pruebas de que lo robaras ni hurtaras no tienen ni por qué condenarte, en principio. Porque el delito es del que hurta o roba, no del que compra algo hurtado o robado. Ahora bien, aunque no sea hurto o robo por tu parte, lo que sí puede haber es receptación, dependiendo de si se acredita o no dolo por tu parte, es decir voluntad de comprar algo con conocimiento de que es una cosa hurtada o robada.
Si te imputan hurto sería falta puesto que la moto tiene un valor inferior a 400 euros, y la pena es de multa (no de prisión, aunque si no la pagas sí irías prisión). Si te imputan robo con fuerza la pena puede ser de hasta 3 años de cárcel, y aunque no tengas antecedentes si te echaran más de 2 años tendrías que cumplirla, en el caso del robo la cantidad es irrelevante, da igual que sea más o menos de 400 euros, siempre es delito y no falta. Yo creo que lo que tú has cometido, como mucho, es receptación, con una pena máxima de 2 años.
muy buena la contestacion, me quedaria la duda de que si fuera receptacion igual hay que cumplir la condena o por no tener antecedentes me libro con una multa o trabajo a la comunidad...gracias
ahora estoy fuera del pais y no pienso volver por las dudas que me enchironen
En mi opinión, si la sustracción se produjo mediante hurto y el valor no excede de 400 €, no habría receptación, pero si no sale el autor él irá como imputado y posiblemente acabe condenado por el delito o falta de que se trate.
Con los vehículos se da la única excepción en el Código Penal en que un robo con fuerza sea una falta,
Art. 623.3: Los que sustraigan o utilicen sin la debida autorización, sin ánimo de apropiárselo, un vehículo a motor o ciclomotor ajeno, si el valor del vehículo utilizado no excediera de 400 euros.
Si el hecho se ejecutase empleando fuerza en las cosas, se impondrá la pena en su mitad superior. Si se realizara con violencia o intimidación en las personas, se penará conforme a lo dispuesto en el artículo 244.
Si el robo fue con fuerza y el valor inferior a 400€ será una falta si el robo es con violencia o intimidación será un delito.
Eitur, tú valoras el ciclomotor en menos de 400 €, pero esa es tu valoración, el precio al que compraste el ciclomotor, el vehículo seguro que tenía una valoración más alta por lo que seguramente será delito.
Una de tus opciones es que el que te vendió el ciclomotor confiese, aunque esto sea difícil, puedes denunciar en comisaría los hechos, dando todos los detalles posibles y quizás la policía judicial pueda averiguar la verdad, esto es bastante complicado el que la vendió no querrá saber nada y no se implicará, pero creo que es tu mejor opción y quizás la única.
"...sin ánimo de apropiárselo...", lo cual lo limita al robo/hurto de uso, el caso de eitur es que se lo ha agenciado, por lo que dependiendo de cómo se haya sustraído sí sería delito.
gracias a todos por las respuestas... pero me acaban de llamar y se ha archivado el caso.
por falta de pruebas. si el scooter cuesta menos de 300 euros porque cuando pago el impuesto anual ahi te dicen lo que vale y esta en unos 250 euros.
que alivio...